Reclamaciones masivas y acciones colectivas: dos formas distintas de afrontar un mismo problema jurídico
Que cientos o miles de personas se vean afectadas por un mismo problema no significa necesariamente que exista una única controversia colectiva. Identificar qué cuestiones son comunes y cuáles necesitan un análisis individual resulta esencial para decidir entre una gestión coordinada de reclamaciones, una estrategia colectiva o una combinación de ambas.
Cuando un mismo hecho, contrato, producto o comportamiento empresarial afecta simultáneamente a muchas personas, puede surgir la impresión de que nos encontramos necesariamente ante un único conflicto colectivo. Sin embargo, que existan cientos o miles de reclamaciones semejantes no significa que jurídicamente exista una sola reclamación ni que la respuesta procesal adecuada deba ser siempre conjunta.
La distinción es importante porque condiciona completamente la estrategia. Una cosa es gestionar de manera coordinada una gran cartera de reclamaciones individuales y otra diferente articular una acción dirigida a proteger intereses colectivos. Ambos fenómenos pueden partir de un problema común, pero responden a lógicas jurídicas y procesales diferentes.
1.Muchos afectados no significan necesariamente un único conflicto
Imaginemos un producto que aparentemente ha causado daños semejantes a numerosos usuarios. Puede existir una cuestión común relativa a su diseño, fabricación o comercialización. Sin embargo, cada perjudicado puede haber sufrido un daño diferente, haber utilizado el producto de manera distinta, presentar circunstancias propias o disponer de una prueba diferente sobre la relación causal.
El hecho de que exista una causa potencialmente común no elimina necesariamente la individualidad de sus consecuencias.
Algo parecido sucede con determinadas controversias contractuales. Una misma cláusula puede estar incluida en miles de contratos, pero la situación de cada cliente puede variar en cuanto al cumplimiento, los pagos realizados, las comunicaciones posteriores, la cuantía económica afectada o incluso la versión contractual aplicable.
La cuestión jurídica común puede coexistir con hechos y consecuencias que necesitan un tratamiento individual.
Esta distinción resulta particularmente importante cuando se pretende organizar la defensa o reclamación de grandes grupos de asuntos. Antes de decidir cómo gestionarlos hay que saber qué parte del conflicto pertenece realmente a todos ellos y qué parte continúa siendo propia de cada expediente.
2.La diferencia entre una cartera masiva y una acción colectiva
La gestión jurídica en masa permite trabajar precisamente con esa dualidad.
Puede existir una estrategia común respecto de una cuestión jurídica central y conservarse, al mismo tiempo, un expediente individual para cada afectado. La documentación general, determinados argumentos, informes técnicos o criterios de negociación pueden compartirse, mientras cada reclamación mantiene sus propios hechos, su prueba y sus circunstancias.
Este modelo presenta ventajas importantes cuando la homogeneidad es elevada, pero no absoluta. Permite aprovechar el conocimiento obtenido en unos procedimientos, mantener criterios coherentes y reducir trabajos repetitivos sin prescindir del análisis de aquellas diferencias que pueden alterar el resultado.
La tutela colectiva responde a una lógica distinta. Su finalidad no consiste simplemente en tramitar conjuntamente muchos asuntos, sino en proteger intereses que tienen una dimensión común o colectiva mediante los instrumentos que el ordenamiento establece.
En el ámbito de los consumidores, el Derecho europeo ha reforzado este tipo de tutela mediante mecanismos de representación que permiten actuar frente a determinadas conductas que perjudican a una pluralidad de personas. La existencia de estos instrumentos, sin embargo, no significa que cualquier fenómeno de gran volumen deba canalizarse necesariamente a través de ellos.
La decisión depende de la naturaleza del problema, de la homogeneidad existente entre los afectados, de la finalidad perseguida y del tipo de tutela que se pretende obtener.
3.Separar las cuestiones comunes de las individuales
Esta es probablemente la primera gran decisión en cualquier cartera potencialmente masiva.
Hay que identificar qué cuestiones pueden analizarse una sola vez y proyectarse sobre todos los expedientes y cuáles necesitan una prueba o valoración individual.
En responsabilidad civil la distinción resulta especialmente clara. Puede existir un hecho generador común y una misma cuestión jurídica relativa a la responsabilidad. Pero el daño sufrido por cada perjudicado puede ser diferente. También pueden variar la causalidad, las consecuencias personales o económicas y la prueba disponible.
La existencia de un origen común no permite prescindir automáticamente del análisis individual del perjuicio.
En seguros puede suceder algo parecido. Una misma tipología de siniestro puede afectar a numerosos asegurados, pero las coberturas, límites, circunstancias concretas o documentación disponible pueden variar. Incluso dentro de una misma cartera pueden coexistir pólizas o condiciones contractuales diferentes.
La estrategia debe separar cuidadosamente ambos niveles.
Puede existir una base jurídica común, un análisis técnico compartido o una misma interpretación contractual. Pero cada expediente debe conservar aquellas variables capaces de modificar su solución individual.
Este planteamiento evita dos errores opuestos. El primero consiste en estudiar cientos de veces una cuestión que es realmente idéntica. El segundo consiste en asumir que una conclusión general resuelve automáticamente todos los expedientes.
4.La gestión coordinada permite aprovechar el conocimiento común
Cuando la estructura se diseña correctamente, cada procedimiento deja de ser un compartimento aislado.
Una cuestión jurídica puede analizarse con profundidad una sola vez y ponerse a disposición de toda la cartera. Un informe técnico común puede servir para comprender el origen general de un problema. Una determinada interpretación contractual puede utilizarse de manera coherente en todos los expedientes a los que resulte aplicable.
Esto permite concentrar recursos en las partes verdaderamente variables del asunto.
La tecnología facilita especialmente esta estructura. Puede mantener documentación común accesible desde todos los expedientes y conservar simultáneamente la documentación propia de cada uno. Puede identificar qué asuntos comparten determinadas características y cuáles presentan diferencias.
De este modo, un cambio de criterio jurídico puede proyectarse rápidamente sobre todo el grupo afectado. Y una incidencia individual puede mantenerse limitada al expediente al que pertenece.
La clasificación tampoco tiene por qué permanecer invariable durante toda la vida de la cartera. Es posible que al comienzo consideremos que existen dos grandes tipos de asunto y que los primeros procedimientos revelen una tercera categoría que no se había identificado inicialmente.
Una gestión flexible debe permitir incorporar este aprendizaje.
5.Las primeras resoluciones no deben interpretarse automáticamente
La evolución de los procedimientos iniciales puede aportar una información muy valiosa.
Una sentencia puede aclarar una cuestión jurídica común. Una oposición puede mostrar un argumento que no se había valorado suficientemente. Una prueba pericial puede revelar que determinados expedientes deberían separarse del resto.
Pero las conclusiones deben extraerse con cuidado.
Una resolución favorable en un asunto no garantiza necesariamente el mismo resultado en todos los demás. Puede depender de hechos o pruebas concretas. Una resolución desfavorable tampoco significa necesariamente que la estrategia general sea incorrecta si el problema se encontraba exclusivamente en la documentación de ese expediente.
Por eso no basta con registrar si un procedimiento se ha ganado o perdido.
Hay que comprender por qué.
La gestión del conocimiento exige identificar qué parte del razonamiento judicial puede trasladarse al resto de la cartera y qué parte pertenece exclusivamente al caso concreto.
Esta distinción permite que las primeras resoluciones mejoren la estrategia sin producir reacciones excesivas o incorrectas.
6.La escala también tiene una dimensión económica
El coste de tramitar individualmente numerosos asuntos puede resultar desproporcionado si cada expediente exige reproducir manualmente todas las actuaciones.
La estandarización permite reducir ese coste y hacer viable la reclamación o defensa de situaciones que, consideradas de forma aislada, podrían presentar una relación poco eficiente entre cuantía y esfuerzo profesional.
Pero la eficiencia económica nunca debería determinar por sí sola la solución jurídica.
Puede resultar muy barato producir cientos de reclamaciones idénticas y extremadamente costoso corregir posteriormente cientos de reclamaciones construidas sobre una premisa equivocada.
Por eso el trabajo inicial de análisis tiene una importancia especialmente alta en procedimientos masivos. Cuanto mayor es el volumen, mayor es el valor de definir correctamente el criterio antes de comenzar a aplicarlo.
También debe distinguirse entre una estrategia común y un resultado común. Dos expedientes pueden estar correctamente gestionados bajo el mismo criterio y terminar de forma diferente por sus hechos, su prueba, una negociación o la decisión del tribunal.
La homogeneidad busca que situaciones equivalentes reciban un tratamiento equivalente. No implica que todas deban producir necesariamente el mismo desenlace.
7.Elegir el instrumento adecuado exige entender primero el problema
La expresión reclamaciones masivas describe fundamentalmente una realidad de volumen. La tutela colectiva responde a una forma jurídica específica de abordar determinados intereses comunes.
Confundir ambas ideas puede conducir a diseñar mal la estrategia desde el principio.
La pregunta relevante no es simplemente cuántos afectados existen. Hay que determinar qué tienen realmente en común, qué cuestiones pueden resolverse de forma conjunta y qué elementos continúan dependiendo de las circunstancias individuales.
A partir de esa respuesta puede decidirse si resulta adecuado utilizar un instrumento colectivo, gestionar una cartera de reclamaciones individuales bajo criterios comunes o combinar diferentes estrategias para distintas dimensiones del conflicto.
La gestión en masa aporta valor precisamente porque permite trabajar entre ambos extremos. Podemos tratar conjuntamente el conocimiento, la documentación y los criterios que realmente son comunes, mientras conservamos la individualidad de aquellos hechos y daños que necesitan un análisis propio.
El objetivo no es convertir muchos conflictos en uno solo. Es evitar que la existencia de muchos expedientes nos obligue a estudiar repetidamente lo que ya sabemos sin perder, al mismo tiempo, aquello que hace jurídicamente diferente a cada uno.