¿Cómo se reparte la herencia si hay hijos de un matrimonio anterior?
Sin testamento, todos los hijos heredan lo mismo, sean del matrimonio que sean, también los adoptados y los nacidos fuera del matrimonio. El cónyuge o la pareja estable actual tiene además el usufructo de toda la herencia. Eso suele crear conflictos con los hijos del primer matrimonio, que pueden tardar muchos años en disfrutar de lo que heredan. Con testamento se puede dejar más a unos hijos que a otros, pero todos tienen derecho a la legítima. El excónyuge no hereda, salvo que un testamento posterior al divorcio le deje algo.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueSin testamento
- Los hijos se reparten la herencia a partes iguales, sin distinguir entre matrimonios. Si un hijo murió antes, sus hijos ocupan su lugar.
- El cónyuge o la pareja estable actual tiene el usufructo de toda la herencia mientras viva. Puede vivir en la casa y cobrar las rentas de todo, mientras los hijos son dueños sin poder disfrutar de los bienes.
- En el año siguiente a la muerte, el viudo o la pareja puede cambiar ese usufructo por la cuarta parte de la herencia en propiedad más el usufructo de la vivienda familiar. La decisión es solo suya, aunque a menudo se negocia con los hijos.
- El excónyuge divorciado no hereda. Tampoco el cónyuge del que el fallecido estaba separado, aunque fuera solo de hecho, ni aquel con quien tenía en trámite la separación, el divorcio o la nulidad.
Esto vale si la herencia se rige por la ley catalana. Con el Código civil común, el viudo solo tiene el usufructo de un tercio y la pareja no casada no hereda sin testamento.
Con testamento
- Se puede repartir la herencia como se quiera, respetando la legítima de los hijos. La legítima es la cuarta parte del valor de la herencia y se reparte entre todos ellos. Para calcularla se suma lo que el fallecido regaló en los diez años anteriores a su muerte, también al cónyuge actual.
- Se puede dejar más a los hijos de un matrimonio que a los del otro o nombrar heredero al cónyuge actual.
- Si el heredero es el cónyuge actual, los hijos del primer matrimonio pueden reclamarle su legítima en los diez años siguientes a la muerte. Para los hijos comunes ese plazo no corre mientras viva el heredero, que es su padre o su madre. Para los del primer matrimonio, sí.
- Una fórmula frecuente es dejar al cónyuge actual el usufructo de la vivienda y a los hijos la propiedad de todo. Otra es dejar a cada uno bienes concretos, para que los hijos y el cónyuge actual no acaben siendo dueños de lo mismo.
- Si el testamento lo deja todo a los hijos, el viudo o la pareja estable que no tenga recursos suficientes puede reclamar lo que necesite, hasta la cuarta parte de la herencia.
Los hijos del cónyuge
Los hijos que el cónyuge o la pareja tenga de otra relación no heredan sin testamento, aunque se hayan criado con el fallecido. Si el testamento les deja algo, pagan el impuesto de sucesiones como si fueran hijos suyos. Esta regla del impuesto se aplica si el fallecido pasó en Cataluña más días que en ninguna otra comunidad en los últimos cinco años.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.