¿Qué es el daño moral y cuándo se puede reclamar?
El daño moral es el sufrimiento que causa un hecho dañoso, como el dolor, la angustia o el miedo. También lo es el ataque a bienes de la persona como el honor, la intimidad o la propia imagen. Se puede reclamar junto con los demás daños, tanto si había un contrato con el responsable como si no lo había o si el daño nace de un delito. En general hay que probarlo, aunque en algunos casos se presume, como en la muerte de un familiar cercano o en una intromisión en el honor. Las simples molestias y contrariedades de la vida diaria no se indemnizan.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCuándo se presume
En estos casos no hace falta probar que existe, aunque conviene acreditar su intensidad, porque de ella depende la cantidad:
- Si muere una persona, se presume el dolor de sus familiares más próximos, salvo que se demuestre lo contrario.
- Si alguien se entromete sin derecho en su honor, su intimidad o su propia imagen, por ejemplo difundiendo fotos o datos íntimos sin su consentimiento, la ley presume el perjuicio.
- Si prueba que le han discriminado, por ejemplo negándole la entrada a un local por su origen, la ley presume también el daño moral.
- Si su perro, su gato u otro animal de compañía muere o queda gravemente dañado por culpa de otro, usted y quienes convivían con él pueden pedir una indemnización por ese sufrimiento, además de los gastos del veterinario.
Cuándo hay que probarlo
Fuera de esos casos, quien reclama tiene que demostrar el daño moral y su alcance. Sirven el informe de un psicólogo o de un psiquiatra, el tratamiento que haya necesitado y el testimonio de quienes puedan explicar cómo le ha afectado. También se indemniza el daño moral que causa el incumplimiento de un contrato, cuando va más allá de una simple contrariedad.
Lo que conviene saber
- En las lesiones, la indemnización calculada con el baremo de los accidentes de tráfico, que los jueces usan como orientación también en otros daños personales, ya incluye el sufrimiento de las lesiones y de las secuelas. No se cobra dos veces por lo mismo.
- Si un médico no informó de los riesgos de una intervención que hizo bien y se produjo el daño del que no avisó, el Tribunal Supremo, en una sentencia de marzo de 2026, no lo indemnizó como un daño moral de cantidad fija. Lo indemnizó como la pérdida de la oportunidad de decidir otra cosa.
- El daño moral se pide en la misma reclamación que los demás daños y dentro del mismo plazo. En los ataques al honor, a la intimidad o a la propia imagen, ese plazo es de cuatro años desde que pudo reclamar y una reclamación por carta no lo vuelve a poner a cero, así que no lo apure.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.