¿Cómo se reclama ante la Dirección General de Seguros?
Primero hay que reclamar por escrito a la compañía, en su servicio de atención al cliente o ante su defensor del asegurado. Si rechaza la reclamación o no contesta en un mes, se puede acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por internet o en papel. Es gratuito y no hace falta abogado. Su informe dice si la aseguradora ha actuado bien, pero no la obliga a pagar.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueAntes, la reclamación a la compañía
- Todas las aseguradoras tienen un servicio de atención al cliente. Algunas tienen también un defensor del asegurado independiente. Si el defensor le da la razón, su decisión obliga a la compañía.
- Reclame por escrito, en papel o por internet, con el número de póliza y de siniestro, lo que pide y por qué. Puede hacerlo en castellano o en catalán. Guarde el justificante con la fecha.
- La compañía tiene un mes para contestar.
La reclamación a la Dirección General
- Se presenta por internet en la sede electrónica de la Dirección General, sededgsfp.gob.es, o en papel en cualquier registro público u oficina de Correos.
- Hay que acompañar la reclamación hecha a la compañía, su respuesta si la hubo y los documentos que prueben lo que se dice. También hay que declarar que el asunto no está en un juzgado.
- No se admite si el asunto ya está en un juzgado, si ya ha pasado el plazo para reclamar ante los tribunales o si han pasado más de cinco años desde los hechos sin reclamar. Tampoco resuelve cuánto vale un daño ni lo que exija peritos o pruebas que solo puede valorar un juez.
Lo que se consigue
El servicio pide su versión a la aseguradora y emite un informe en un máximo de 90 días naturales desde que la reclamación está completa. Si le da la razón, la compañía tiene un mes para decir si lo acepta y rectifica. Si no contesta, se entiende que no lo acepta. El informe no obliga, pero ayuda a valorar si merece la pena ir a juicio y se puede aportar en él. Además, mientras se tramita, el plazo para reclamar en los tribunales queda interrumpido.
Sirve sobre todo cuando la discusión es sobre cómo se ha aplicado la póliza, por ejemplo una cláusula que usted no firmó, un retraso o la falta de información.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.