¿Hace falta abogado para reclamar al seguro?

Para reclamar a la aseguradora por escrito o ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, no. Para demandarla, depende de la cantidad. Hasta 2.000 euros puede ir al juzgado sin abogado ni procurador y por encima de esa cifra hacen falta los dos. Aun en las reclamaciones pequeñas conviene asesorarse, porque la aseguradora sí tendrá abogado y lo que se discute muchas veces es cómo se interpreta la póliza. Muchas pólizas incluyen una garantía que paga al abogado para reclamar a un tercero.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Sin abogado

  • La reclamación a la compañía y la del Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros se hacen sin abogado y no cuestan nada.
  • Hasta 2.000 euros, la demanda puede presentarla usted mismo, con el formulario del juicio verbal que tienen los juzgados.
  • Antes de demandar hay que haber intentado un acuerdo. Si es su propia aseguradora y usted es consumidor, basta con la reclamación previa a la compañía.
  • Si reclama al seguro de otra persona, hace falta una invitación real a negociar y no basta una carta que exija el pago. En los accidentes de tráfico vale la reclamación previa que exige la ley del seguro del automóvil.

Con abogado y procurador

  • Por encima de 2.000 euros son obligatorios.
  • Las reclamaciones de hasta 15.000 euros van por el juicio verbal, más rápido y con una sola vista. Las de más importe, por el juicio ordinario.
  • Si el juez le da la razón en todo, lo normal es que condene a la aseguradora a pagar las costas, que incluyen los honorarios de su abogado y su procurador con algunos límites. Si se la da solo en parte, cada uno paga las suyas. Si pierde, puede tener que pagar las de ella.
  • Cuando el abogado no es obligatorio, sus honorarios normalmente no se recuperan aunque se gane.

Quién paga al abogado

  • Muchas pólizas de hogar, de coche o de comercio incluyen la defensa jurídica o la reclamación de daños. Sirven sobre todo para reclamar a quien le ha causado un daño, con un abogado elegido por usted. Lo normal es que no cubran los pleitos contra la propia aseguradora.
  • Si los ingresos de su familia no llegan a ciertos límites, que dependen del número de miembros, puede pedir la asistencia jurídica gratuita en el colegio de abogados.
  • Si la aseguradora se negó a pagar sin causa justificada, los intereses de demora que tendrá que pagarle compensan a menudo parte de lo que cuesta el pleito.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.