¿Cuándo se aplica el derecho civil catalán a una herencia?
Si el fallecido era español, cuando al morir tenía la vecindad civil catalana, aunque viviera en otra parte de España. La vecindad no depende solo de dónde se vive. Se tiene por nacer de padres con vecindad catalana, o se adquiere viviendo en Cataluña dos años y declarándolo, o diez años seguidos sin declarar lo contrario. Si el fallecido era extranjero y vivía en Cataluña, se aplica en principio la ley catalana, salvo que en su testamento eligiera la ley de su nacionalidad.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCómo se tiene la vecindad catalana
- Por nacimiento, si los padres la tenían. Si cada uno tenía una distinta, pueden atribuirle cualquiera de las dos en los seis meses siguientes al nacimiento. Si no lo hacen, la ley decide cuál tiene.
- Por residencia, viviendo en Cataluña dos años seguidos y declarando ante el Registro Civil que se quiere tener. O viviendo diez años seguidos sin declarar lo contrario.
- El matrimonio no la cambia, pero cada cónyuge puede optar por la vecindad del otro.
- El extranjero que obtiene la nacionalidad española elige la vecindad en ese momento, por ejemplo la del lugar donde vive.
- En caso de duda, se tiene la del lugar de nacimiento.
Dos ejemplos
- Una persona de padres catalanes que vive en Madrid desde hace más de diez años tiene vecindad civil común, salvo que declarara en el Registro Civil que quería conservar la catalana. Su herencia se rige por el Código civil común.
- Una persona de padres aragoneses que vive en Barcelona desde hace treinta años tiene vecindad catalana si no declaró lo contrario.
Lo que conviene saber
- Si un español con vecindad catalana vivía en otro país, en principio se aplica la ley de ese país. Si en su testamento eligió la ley española, se aplica la catalana.
- El testamento hecho conforme a la ley de la vecindad que se tenía al hacerlo sigue valiendo aunque esta cambie después. Pero las legítimas se ajustan a la ley que rija la herencia.
- Si la herencia de un español se rige por la ley española, los derechos que la ley da al viudo se rigen por la ley que regula los efectos de su matrimonio, que puede ser otra. Se respetan siempre las legítimas de los hijos. En los demás casos, por la ley de la herencia.
- Una sola ley rige toda la herencia, estén donde estén los bienes.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.