¿Qué pasa si el impuesto de sucesiones se presenta fuera de plazo?
Si los herederos lo presentan tarde por su cuenta, pagan un recargo del 1 % al 15 % y, pasado un año, también intereses. Si la Agència Tributària de Catalunya lo reclama antes, no hay recargo, pero sí intereses y puede haber una multa que parte de la mitad de lo que se dejó de pagar. Si nadie hace nada, prescribe a los cuatro años de acabar el plazo, aunque cada notificación de la Agència vuelve a poner el contador a cero.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueSi se presenta tarde por iniciativa propia
- El recargo es del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso.
- Pasados doce meses, el recargo es del 15 % y además se pagan intereses desde ese momento.
- El recargo se rebaja un 25 % si se paga al presentar, junto con el impuesto, o en el plazo que dé la Agència al notificarlo.
El plazo de seis meses no se para mientras se lleva al notario un testamento escrito a mano, si nadie se opone, como confirmó el Tribunal Supremo en enero de 2026. Solo se para si se inicia un pleito sobre la herencia antes de que acabe el plazo. Cuando el pleito termina, los seis meses empiezan de nuevo.
Si lo reclama la Agència
- No hay recargo, pero sí intereses desde que acabó el plazo.
- Además, puede haber una multa que parte de la mitad de lo que se dejó de pagar. Si eso pasa de 3.000 euros, suele ser del 75 %. Si se acepta y se paga a tiempo sin recurrir, se rebaja en más de la mitad.
Cuándo prescribe
- El plazo es de cuatro años. Empieza a contar cuando acaban los seis meses para presentarlo, o los doce si se pidió prórroga en los cinco primeros meses.
- Cualquier actuación de la Agència que se notifique a los herederos, o un escrito de estos sobre el impuesto, vuelve a poner el contador a cero.
Aunque haya prescrito, hay que presentarlo igual para poder inscribir los inmuebles. Mientras no se presente, el Registro de la Propiedad no los inscribe a nombre de los herederos y el banco no les entrega el dinero, aunque sí puede usarlo para pagar el impuesto.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.