Si el seguro de viaje no me paga la cancelación, ¿qué hago?

Pida el motivo por escrito y compárelo con la lista de causas de anulación de su póliza, que suele ser cerrada. Los rechazos más habituales son que la causa no esté en esa lista, que se trate de una enfermedad que ya se tenía al contratar o que el seguro se contratara más tarde de lo que exige la póliza desde la reserva. Si el motivo no se sostiene, reclame. Y si quien cancela es la aerolínea o el organizador del viaje, tiene derechos que no dependen del seguro.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Los motivos de rechazo habituales

  • La causa no está entre las cubiertas, como cancelar por miedo o por cambio de planes.
  • Una enfermedad que ya existía al contratar el seguro, salvo que empeorara de forma inesperada después.
  • El seguro se contrató más tarde de lo que exige la póliza, que a menudo pide hacerlo al reservar o pocos días después.
  • Se canceló tarde. Hay que anular en cuanto aparece la causa, porque los gastos suben al acercarse la fecha y la póliza puede pagar solo los de ese momento.

Qué hacer

  • Pida la negativa por escrito y lea la cláusula que le aplican. Si recorta lo que podía esperar y no está destacada y firmada aparte, no se le puede aplicar.
  • Aporte un informe médico que diga cuándo empezó la enfermedad y por qué no podía viajar, mejor si es de antes de cancelar. Añada las facturas de los gastos de anulación.
  • Reclame al servicio de atención al cliente de la aseguradora, que tiene un mes para contestar. Si no contesta o lo rechaza, reclame a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Hasta 2.000 euros puede demandar sin abogado. Para demandar tiene dos años desde que tuvo que cancelar el viaje. La reclamación por escrito a la aseguradora o a la Dirección General de Seguros interrumpe ese plazo.

Derechos que no dependen del seguro

  • Si la aerolínea cancela el vuelo, tiene que devolverle el billete o llevarle por otra ruta. Además, salvo que le avisara con dos semanas de antelación, o con menos si le ofreció otro vuelo en un horario parecido, o que hubiera circunstancias extraordinarias, tiene que pagarle una compensación de 250, 400 o 600 euros según la distancia.
  • Si contrató un viaje combinado y en el destino hay circunstancias inevitables y extraordinarias, como una catástrofe, puede cancelar sin penalización.
  • Si es el organizador quien cancela el viaje combinado, tiene que devolverle todo lo pagado y, salvo que no se llegara al número mínimo de viajeros o hubiera circunstancias inevitables y extraordinarias, también indemnizarle.
  • Fuera de esos casos, en un viaje combinado puede cancelar cuando quiera pagando una penalización razonable, que es lo que suele cubrir el seguro. También puede ceder el viaje a otra persona avisando por escrito al menos siete días antes de la salida. En ese caso, usted y quien le sustituye responden de lo que quede por pagar y de los gastos razonables de la cesión.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.