¿Es obligatorio el seguro del patinete eléctrico?

Sí, desde el 2 de enero de 2026. La Ley 5/2025 obliga al propietario de un patinete eléctrico a tener un seguro de responsabilidad civil para circular con él, como los coches pero con unas coberturas mínimas propias. Además, desde el 30 de enero de 2026 el patinete tiene que estar inscrito en el registro de la Dirección General de Tráfico y llevar su etiqueta identificativa. La multa por no tener el seguro es un tercio de la que corresponde a un coche sin seguro.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Qué patinetes

  • Los vehículos personales ligeros, de una sola plaza, eléctricos y con una velocidad máxima de fabricación de 6 a 25 km/h si pesan menos de 25 kilos, o de 6 a 14 km/h si pesan más.
  • Si el patinete supera esas velocidades, ya no es un vehículo personal ligero sino un vehículo a motor. Necesita el seguro obligatorio de los demás vehículos y, para circular, estar homologado y matriculado en su categoría, como un ciclomotor.
  • Las bicicletas de pedaleo asistido normales quedan fuera.

Qué tiene que cubrir

  • Los daños que cause a otras personas, al menos hasta 6.450.000 euros por accidente. Los que cause en las cosas de otros, al menos hasta 1.300.000 euros.
  • Solo dentro de España.
  • La aseguradora paga a la víctima, pero después puede reclamar lo pagado a quien conducía bajo los efectos del alcohol o de drogas, o a quien manipuló el patinete para que corriera más, si eso contribuyó al accidente.
  • No cubre sus propias lesiones ni los daños de su patinete. Para sus lesiones necesita un seguro de accidentes y, para el patinete, uno de daños.

El registro y los patinetes antiguos

Desde el 22 de enero de 2024 solo se pueden vender patinetes con certificado de circulación. Se inscriben en el registro de vehículos personales ligeros de la Dirección General de Tráfico, que da un número con el que se pide la etiqueta identificativa. Sin inscripción no se puede circular. Los patinetes sin certificado comprados antes del 22 de enero de 2024 pueden circular hasta el 22 de enero de 2027 si se inscriben con su marca, modelo y número de serie. Mientras circulen, el Ministerio del Interior entiende que también tienen que estar asegurados. Desde el 22 de enero de 2027 no podrán circular. Si vende el patinete, el cambio de titular se comunica en 30 días.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.