¿Me cubre la garantía si un producto defectuoso me causa daños?
En parte. La garantía legal obliga a la tienda a reparar o cambiar el producto sin coste y, si no es posible o no lo hace en un tiempo razonable, a rebajarle el precio o devolverle el dinero. Si además el producto le ha causado daños, como una quemadura o un incendio en la cocina, la ley le permite reclamar también a la tienda los daños que se deriven del defecto. Puede reclamarlos igualmente al fabricante por la responsabilidad por productos defectuosos, que no exige haberle comprado a él ni probar su culpa. Las dos vías se pueden usar a la vez.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLo que cubre la garantía
- La tienda responde de los defectos que aparezcan en los tres años siguientes a la entrega del producto. En los productos de segunda mano los plazos pueden ser más cortos.
- Si el defecto aparece en los dos primeros años, se presume que ya existía cuando se lo entregaron y usted no tiene que probarlo. Si aparece después, tendrá que demostrar que venía de origen.
- Puede pedir que se lo reparen o que se lo cambien. Si no es posible o no lo hacen en un tiempo razonable, puede pedir una rebaja del precio o devolver el producto y recuperar lo que pagó.
- La garantía comercial que ofrezcan el fabricante o la tienda, si la hay, se suma a la legal y no la recorta.
- La ley estatal de consumidores da cinco años para reclamar desde que aparece el defecto. El Código civil catalán, que también regula esta garantía, da tres, así que en Cataluña lo prudente es reclamar dentro de esos tres años.
Los daños que causa el producto
Para los daños en las personas o en otras cosas hay dos caminos:
- Frente a la tienda, si usted le compró el producto. La ley de consumidores le reconoce el derecho a que le indemnice los daños que se deriven del defecto, según las normas generales de los contratos.
- Frente al fabricante o al importador, por la responsabilidad por productos defectuosos. Puede reclamar también quien no compró el producto, como un familiar o un invitado. Esta vía no cubre el propio producto, que va por la garantía. De los daños en otras cosas se descuentan 500 euros. Para reclamar tiene tres años desde el daño, con un límite de diez desde que el fabricante puso ese producto en el mercado.
Si el defecto aparece cuando ya han pasado los tres años de garantía y causa un daño, ya no puede pedir que le reparen el producto, pero sí reclamar los daños al fabricante dentro de esos plazos.
Lo que conviene hacer
Avise a la tienda por escrito en cuanto vea el fallo y conserve el ticket o la factura. No repare ni tire el producto ni lo que haya dañado sin hacer antes fotos y, si el daño es importante, sin que lo vea un técnico. Si la tienda o el fabricante se llevan el producto para examinarlo, pida un justificante que describa cómo lo entrega. Si la tienda no le atiende, antes de demandar la ley exige intentar un acuerdo, por ejemplo con una propuesta de negociación por escrito o una mediación.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.