¿Qué es el lucro cesante y cómo se calcula?
Es la ganancia que se deja de obtener a causa de un daño, como los ingresos de los días en que no se puede trabajar o lo que un negocio deja de ganar mientras está cerrado. Es distinto del daño emergente, que es lo que se pierde o se gasta, como la reparación. Se calcula sobre el beneficio neto, es decir, lo que se habría ganado menos los gastos que se ahorran. Los tribunales solo lo pagan si la ganancia era probable según el curso normal de las cosas y se prueba, normalmente con documentos.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCuándo se paga
- Tiene que ser una ganancia que razonablemente se habría obtenido. Los tribunales rechazan las simples expectativas, que a veces llaman “sueños de ganancia”. Puede reclamarse lo que se iba a ganar con un contrato ya cerrado que se pierde por el daño. Los clientes que solo se esperaba conseguir, difícilmente.
- Tiene que deberse al daño y no a otras causas, como una mala temporada del negocio.
- Hay que probarlo con nóminas, declaraciones de impuestos, contabilidad, contratos o facturas. Sin documentos, lo normal es que no se pague. Si la cantidad es importante, suele convenir además el informe de un perito economista. En un dictamen de 2023, la Comissió Jurídica Assessora de Cataluña no se lo admitió a una persona lesionada porque faltaban las nóminas anteriores al accidente.
Cómo se calcula
- Si es asalariado, se compara lo que habría cobrado con lo que cobró de verdad durante ese tiempo, con las nóminas de antes y de después.
- Si es autónomo o tiene un negocio, se toma el beneficio neto de periodos comparables, como los mismos meses del año anterior, con las declaraciones de la renta y del IVA o la contabilidad.
- Si se trata de un vehículo de trabajo, como un taxi o una furgoneta de reparto, se multiplican los días que estuvo parado por el beneficio neto de cada día. Por ejemplo, 10 días parado con un beneficio de 150 euros diarios, una vez descontados el combustible y los demás gastos, dan 1.500 euros.
- En los accidentes de tráfico, el baremo tiene reglas propias, que parten de los ingresos netos del trabajo en periodos comparables del año anterior.
- Si el daño le impide ganar lo mismo en el futuro, por ejemplo por unas secuelas, también se indemniza esa pérdida.
No es lo mismo que la pérdida de oportunidad
Cuando no se puede saber si se habría ganado algo, no hay lucro cesante sino pérdida de oportunidad. Es el caso del abogado que deja pasar el plazo de un pleito que podía ganarse o perderse. Los tribunales suelen indemnizar un porcentaje de lo que estaba en juego, según las probabilidades de éxito que había. Por ejemplo, si estaban en juego 40.000 euros y el juez estima que había un 50 % de probabilidades de ganar, la indemnización sería de 20.000 euros. Si el asunto estaba claramente perdido, puede no haber indemnización.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.