¿Cómo se reparte una herencia entre hermanos?

Como diga el testamento o, si no lo hay, a partes iguales. El reparto lo hacen los hermanos herederos de común acuerdo, con lotes de valor equivalente. Si el testamento deja la herencia a un hermano y la legítima a los demás, estos no entran en el reparto y solo pueden reclamarle la legítima. Si no hay acuerdo, cualquier heredero puede pedir al juez que haga el reparto.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Los pasos

  • Hacer la lista de los bienes y las deudas del fallecido y ponerles valor.
  • Restar las deudas, los gastos del entierro y los legados que haya que entregar.
  • Calcular la parte de cada uno según el testamento o, si no lo hay, a partes iguales. Si el viudo o la viuda tiene el usufructo, los hermanos reciben los bienes con ese usufructo.
  • Formar lotes que se ajusten a esas partes. La ley pide igualdad en la medida de lo posible.
  • Firmar el reparto, en escritura ante notario si hay inmuebles.
  • Presentar el impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal en los seis meses siguientes a la muerte, aunque el reparto no esté hecho.

Lo que un hermano recibió en vida del padre o la madre solo se descuenta de su parte si se le dio como adelanto de su legítima o si así se dijo al dárselo. Aun así, el testamento puede decir que no se descuente. Esto vale si la herencia se rige por la ley catalana. Con el Código civil común se descuenta, salvo que el padre o la madre dijera lo contrario.

Lo que no se puede dividir

  • Un piso o un negocio pueden quedar para uno de los hermanos, que paga a los demás su parte en dinero. Si se hace al repartir la herencia, normalmente no hay impuestos añadidos.
  • También se pueden vender y repartir el dinero o quedarse todos con el bien en copropiedad. La copropiedad suele dar problemas cuando uno quiere vender.
  • Si uno de los hermanos usa solo un bien, por ejemplo vive en el piso, eso no lo saca del reparto. Las rentas cobradas y los gastos pagados hasta el reparto se reparten según la parte de cada uno.

Si no hay acuerdo

  • El reparto necesita el acuerdo de todos. Si el testamento nombra un albacea o un contador partidor, este puede hacerlo sin los herederos. Aun así, si todos están de acuerdo y el testamento no lo prohíbe, pueden hacerlo ellos.
  • Si no, cualquier hermano heredero puede pedir al juez la división de la herencia. Los herederos eligen un contador que propone el reparto. Si no se ponen de acuerdo, se elige por sorteo. Si alguien se opone, decide el juez.
  • El proceso es lento y caro. Antes de ir al juez la ley obliga, en general, a intentar un acuerdo, por ejemplo con una mediación.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.