¿Cuánto cuesta reclamar una negligencia médica?

Reclamar a la sanidad pública no cuesta nada y no exige abogado, aunque lo prudente es ir con un perito. Para demandar en un juzgado civil por más de 2.000 euros hacen falta abogado y procurador. En lo contencioso, contra la Administración, el abogado es siempre obligatorio. El gasto que más pesa al principio suele ser el informe del perito médico, que conviene encargar antes de decidir si se reclama. Si se pierde el pleito, puede tocar pagar las costas de la otra parte.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Lo que cuesta cada vía

  • La reclamación a la sanidad pública es gratuita y no exige abogado ni procurador.
  • La demanda civil contra el médico, la clínica o sus aseguradoras exige abogado y procurador si se reclaman más de 2.000 euros. Los particulares no pagan tasa judicial.
  • El recurso contencioso contra la Administración se presenta siempre con abogado. El procurador es obligatorio si el recurso va al Tribunal Superior de Justicia y opcional si va a la sección de lo contencioso del tribunal de instancia.
  • Denunciar en lo penal no cuesta. Para intervenir en el proceso como acusación particular, es decir, como parte que acusa, suele hacer falta abogado y procurador.

Los gastos principales

  • El perito médico. Su precio es libre y depende de la especialidad y de la complejidad del caso. Pida presupuesto por escrito. Un primer informe breve de viabilidad puede evitarle un pleito sin futuro.
  • El abogado. Sus honorarios son libres y se puede pactar que una parte dependa del resultado. Desde diciembre de 2024, la ley le da derecho a que el abogado le explique antes lo que puede costarle, incluidas las costas que podría tener que pagar. También puede pedir que el encargo se formalice por escrito, con un presupuesto previo de los honorarios y los gastos.
  • El procurador. Cobra según un arancel oficial, que el Gobierno renovó en 2024.
  • La historia clínica. La primera copia es gratuita.

Las costas y cómo reducir el riesgo

Las costas son los gastos del pleito que el juez puede imponer a una de las partes, sobre todo los honorarios de abogados, procuradores y peritos. Si el juez rechaza del todo su demanda, lo normal es que usted pague las de la otra parte. Por los abogados y peritos de la otra parte paga, como mucho, un tercio de la cantidad reclamada por cada demandado que gane. Pueden ser varios si demandó al médico, a la clínica y a sus aseguradoras. Si gana del todo, lo normal es que las pague la otra parte. Gane quien gane, el juez puede no imponerlas si el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho. Si gana solo en parte, cada uno paga las suyas. En lo contencioso la regla es parecida, pero el tribunal puede fijar una cantidad máxima. Negarse sin motivo al intento de acuerdo previo también puede pesar en las costas.

Si los ingresos de su familia no llegan a ciertos límites, puede pedir la asistencia jurídica gratuita en el colegio de abogados. Incluye el abogado, el procurador y un perito designado por el juzgado. Mire también si alguno de sus seguros, como el de hogar, incluye defensa jurídica o reclamación de daños y si cubre esta reclamación.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.