¿De qué depende ganar un juicio por negligencia médica?
Sobre todo, de probar con un buen informe pericial que se actuó por debajo de la buena práctica médica y que ese error causó el daño. Muchos casos se pierden porque, aunque hubo un error, el daño se habría producido igual. Pesan también cosas que no tienen que ver con la medicina, como reclamar dentro de plazo, elegir bien la vía y a quién se demanda, pedir una cantidad bien calculada y haber intentado antes un acuerdo. Nadie puede asegurar el resultado, pero un estudio previo con un perito permite saber si el caso tiene base antes de gastar en un pleito.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLo que decide el fondo
- El perito. Conviene que sea de la misma especialidad, que haya estudiado la historia completa y que explique con claridad en qué se apartó la actuación de la buena práctica y qué consecuencias tuvo. Cuando los peritos de las partes discrepan, el juez suele dar más peso al que razona mejor y se apoya en la literatura médica.
- La relación entre el error y el daño. Si la enfermedad habría evolucionado igual con una actuación correcta, el error no explica el daño. Si una actuación correcta daba una posibilidad real de evitarlo, se puede cobrar una parte del daño, lo que se llama pérdida de oportunidad.
- La historia clínica completa y pedida a tiempo. Si tiene huecos, suele perjudicar al centro, pero antes hay que haberla pedido.
- La información. Si no le explicaron los riesgos y las alternativas, puede tener razón aunque la técnica fuera correcta. En ese caso se suele indemnizar un porcentaje del daño, no su totalidad.
Lo que puede hacer perder un buen caso
- Dejar pasar el plazo. Si le atendieron a cargo de la sanidad pública, es de un año desde la curación o la estabilización de las secuelas. En la privada, el más corto que puede aplicarse es de tres años si el hecho ocurrió en Cataluña y de un año fuera de ella, aunque lo prudente es reclamar por escrito dentro del primer año.
- Equivocarse de vía o de demandado. En la sanidad pública se reclama a la Administración y no al médico. En la privada se puede reclamar a la vez al médico, a la clínica, a sus aseguradoras y, si le atendieron por un seguro de salud, a la compañía.
- Pedir una cantidad sin base. La indemnización se calcula normalmente con el baremo de los accidentes de tráfico como orientación. Si pide mucho más de lo que el juez concede, puede que no le paguen los gastos del juicio aunque gane en parte.
- No intentar antes un acuerdo. Desde abril de 2025, para demandar al médico, a la clínica o a sus aseguradoras hay que haber intentado antes resolverlo sin juicio, por ejemplo con una negociación con una propuesta real o con una mediación. Sin ese intento, el juzgado no admite la demanda. Negarse sin motivo puede perjudicar a quien lo hace cuando el juez decide quién paga los gastos del juicio.
Antes de decidir
Lo prudente es encargar primero un informe de viabilidad a un perito de la especialidad, con la historia completa. Si concluye que la actuación fue correcta, se ahorra un pleito que perdería y los gastos del juicio de la otra parte, que suele pagar quien pierde. Si concluye que hubo un error, ese informe será la base de la reclamación y del intento de acuerdo.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.