¿Qué impuestos se pagan al vender un piso heredado?
El heredero que vende paga en su renta por la ganancia, que es la diferencia entre el precio de venta y el valor que se declaró al heredar, con algunos gastos. Además paga la plusvalía municipal. Si al heredar pagó menos porque era la vivienda del fallecido y la vende antes de cinco años, en general tiene que devolver ese ahorro.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLa renta
- Al precio de venta se le restan los gastos de la venta, como la inmobiliaria o la plusvalía municipal. También se resta el valor que se declaró en el impuesto de sucesiones, más lo que se pagó al heredar en impuestos, notaría y registro.
- Por eso declarar el piso muy barato en la herencia puede salir caro al venderlo.
- Si son varios herederos, cada uno declara su parte.
- No paga por la ganancia si el piso era su propia vivienda habitual y reinvierte el dinero en otra, o si tiene más de 65 años y vivía en él. Que fuera la vivienda del fallecido no basta.
- La ganancia se suma a los intereses y demás ganancias del año. Paga el 19 % por los primeros 6.000 euros y el 21 % hasta 50.000. Por encima sube por tramos hasta el 30 %.
Por ejemplo, un heredero declaró el piso por 200.000 euros y lo vende dos años después por 230.000. Con 6.000 euros de gastos de venta y 2.000 de gastos de la herencia, gana 22.000. Si ese año no tiene otras ganancias ni intereses, paga unos 4.500 euros en la renta.
La plusvalía municipal
La paga el que vende y depende del valor del suelo y de los años desde la muerte del familiar. Vender pronto no siempre sale más barato. Si vende por lo mismo o por menos de lo que se declaró al heredar, no la paga, aunque tiene que comunicarlo al ayuntamiento.
Si pagó menos por ser la casa del fallecido
- En Cataluña, la reducción del 95 % por la vivienda del fallecido obliga a conservarla cinco años desde la muerte.
- Si se vende antes, hay que pagar en un mes lo que se dejó de pagar, con intereses. No hace falta si en los seis meses siguientes todo el dinero se usa para comprar la propia vivienda habitual o pagar su hipoteca.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.