Si el arquitecto que contraté se equivoca en el proyecto, ¿qué puedo reclamar?
Los daños que le cause su error. Al encargarle el proyecto, el arquitecto se compromete a entregarle uno que cumpla la normativa y se pueda construir, así que responde si no es así. Puede reclamarle, entre otras cosas, el coste de corregir el proyecto, lo que cueste de más la obra por el error y los perjuicios del retraso. Si el error causa daños en el edificio, responde además por la Ley de Ordenación de la Edificación, también si la obra no llegó a terminarse. Puede reclamar directamente a su aseguradora.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueQué se puede reclamar
- El coste de rehacer o corregir el proyecto, o la devolución de los honorarios si no le sirve.
- Lo que cueste de más la obra por el error, como derribar y rehacer lo mal construido o adaptarlo. Lo que habría costado de todos modos una obra bien proyectada normalmente no se indemniza, porque había que pagarlo igualmente. Por ejemplo, si el proyecto olvidó un refuerzo necesario, se indemniza lo que cueste de más ponerlo tarde, no lo que habría costado ponerlo desde el principio.
- Los perjuicios del retraso, como lo que deje de ganar, que es el lucro cesante, por ejemplo las rentas de un piso que no pudo alquilar a tiempo.
- Las multas y los gastos que cause un proyecto que no cumple la normativa urbanística, por ejemplo si se deniega la licencia.
- Los daños materiales que aparezcan después en el edificio.
Para todo ello hace falta el informe de otro arquitecto que explique el error, sus consecuencias y lo que cuesta repararlo. Antes de corregir nada, deje constancia del estado de la obra.
Las vías para reclamar y sus plazos
- Por el contrato. El arquitecto responde por no haber cumplido bien su encargo. El plazo es en principio de diez años si el contrato se rige por el derecho catalán y de cinco en el resto de España, desde que usted conoce el error y el daño.
- Por la Ley de Ordenación de la Edificación, si la obra es de las que regula, como una casa nueva o una reforma que cambie la estructura, el volumen o el uso del edificio. La recepción de la obra es el momento en que el constructor la entrega al promotor y este la acepta. Normalmente se hace por escrito, en un acta. Desde ella, el arquitecto responde de los daños materiales que aparezcan en diez años si afectan a la estructura, o en tres si afectan a la habitabilidad, como las humedades o el aislamiento. Desde que aparece el daño, hay dos años para reclamar. Responde también de los cálculos que encargó a otros técnicos. Si la obra la dirigió otro arquitecto, este responde igualmente de los defectos del proyecto y luego puede reclamárselos al autor.
- Si la obra no llegó a terminarse. En 2026 el Tribunal Supremo confirmó que el arquitecto responde igualmente de sus errores de proyecto y de dirección aunque la obra quedara inacabada y nunca se recibiera. También responde si firmó un certificado final de obra, el documento que da la obra por terminada, que no se correspondía con la realidad.
La vía del contrato y la de la ley se pueden ejercer a la vez.
Cómo se reclama
- Reclame por escrito al arquitecto y a su aseguradora, la actual y la que tenía antes. En Cataluña está obligado a tener un seguro de responsabilidad civil o una garantía equivalente y a decirle cuál es su aseguradora.
- Si el contrato limita su responsabilidad a lo que cobró, esa cláusula puede no valer. El Tribunal Supremo confirmó en 2026 la nulidad de una así en un despacho de abogados y su criterio puede aplicarse también a los arquitectos.
- Si el proyecto tiene el visado del colegio de arquitectos, que es una revisión de sus aspectos formales, el colegio responde solo si no paga el arquitecto y únicamente de los defectos que debió advertir al visarlo.
- Antes de demandar hay que intentar una negociación, como exige la ley desde 2025.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.