Si firmé el consentimiento informado, ¿puedo reclamar igualmente?
Sí, en muchos casos. Con su firma usted acepta los riesgos que se le explicaron, siempre que la actuación se haga bien, pero no los errores del médico ni los riesgos que no se le explicaron. Además, un impreso genérico, que no recoja los riesgos propios de su caso ni las alternativas, o uno que le dieran a firmar sin tiempo para pensarlo, puede no bastar para demostrar que le informaron bien. Lo que en principio no se indemniza es un riesgo bien explicado que se produce sin que nadie se equivoque.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCuándo puede reclamar aunque firmara
- Si hubo un error en la operación, en el tratamiento o en el seguimiento posterior. El consentimiento no cubre la mala práctica.
- Si el daño viene de un riesgo que no figuraba en el documento ni se le explicó de palabra.
- Si el documento era un impreso igual para todos, sin los riesgos ligados a su situación personal, como la edad u otras enfermedades, ni las alternativas que tenía.
- Si se lo dieron a firmar sin tiempo para leerlo y preguntar, por ejemplo minutos antes de entrar en el quirófano, o sin que nadie se lo explicara.
- Si le hicieron algo distinto de lo que consintió, salvo que surgiera una urgencia que no permitía pedirle permiso.
Qué se cobra en cada caso
Si hubo un error técnico, se indemniza todo el daño que causó. Si el fallo fue solo de información, los tribunales suelen indemnizarlo como pérdida de oportunidad, que es la posibilidad que usted perdió de decidir otra cosa. Se paga un porcentaje del daño total según la probabilidad de que, bien informado, hubiera rechazado la intervención o elegido otra opción. Si el riesgo estaba bien explicado y se produjo sin ningún error, la firma demuestra que usted lo aceptó y en principio no hay indemnización.
Qué revisar en el documento
Pida una copia, porque forma parte de su historia clínica. En Cataluña las hojas de consentimiento se conservan al menos quince años. Fíjese en estos puntos:
- La fecha y, si consta, la hora de la firma, comparadas con las de la intervención.
- Si menciona el riesgo que se produjo y los propios de su caso.
- Si explica las alternativas y lo que pasaba si no se operaba o no se trataba.
- Si lleva el nombre y la firma del médico que le informó.
El documento firmado es la principal prueba del centro de que le informó. Lo que se discute entonces es si su contenido y la explicación que lo acompañó eran suficientes, algo que el juez valora a menudo con ayuda de un perito. La ley exige una información verdadera, comprensible y adecuada a su caso. Una firma no la sustituye.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.