Si no me informaron de los riesgos de una operación o de un tratamiento, ¿puedo reclamar?

Sí. Antes de una operación o de un tratamiento, el médico tiene que explicarle para qué sirve, en qué consiste, qué riesgos tiene y qué alternativas hay. Para cobrar, en general hace falta que se produjera un riesgo del que no le informaron, que le causara un daño y que, bien informado, usted hubiera podido decidir otra cosa. Según una sentencia del Tribunal Supremo de marzo de 2026, en ese caso no se paga una cantidad fija, sino un porcentaje del daño total que depende de la probabilidad de que hubiera elegido otra opción. Si además hubo un error en la forma de operar o de tratarle, se indemniza todo el daño que ese error causó.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Qué tienen que explicarle

La información tiene que ser verdadera y comprensible y permitirle elegir entre las opciones que haya. Antes de pedirle la firma, el médico tiene que explicarle también las contraindicaciones, los riesgos probables y los que dependen de su situación personal, como la edad u otras enfermedades. En la práctica se discuten sobre todo estos puntos:

  • En una operación, en una prueba o un tratamiento invasivos y, en general, cuando hay riesgos importantes, el consentimiento tiene que darse por escrito. En los demás casos basta que sea verbal, aunque lo explicado tiene que quedar anotado en la historia clínica.
  • Hay que explicarle los riesgos típicos de esa intervención, también los poco frecuentes si son graves. No hace falta explicar los imprevisibles o extraordinarios.
  • Si usted dice que no le informaron, normalmente es el médico o el centro quien tiene que demostrar que sí lo hizo.
  • Solo se puede prescindir de informarle en casos excepcionales, como una urgencia grave en la que no es posible pedir su autorización.

Cómo se calcula la indemnización

Si el médico actuó bien en lo técnico, el daño físico no se debe a un error en la operación o el tratamiento. Lo que se indemniza entonces es la posibilidad que usted perdió de decidir otra cosa, lo que los tribunales llaman pérdida de oportunidad. El Tribunal Supremo lo aplicó en su sentencia 374/2026, de 10 de marzo, a una mujer que ya había tenido una cesárea y a la que se atendió un parto vaginal sin explicarle bien sus riesgos ni la alternativa de programar otra cesárea. El riesgo de rotura del útero era de entre el 0,32 % y el 0,47 %, frente a alrededor del 0,03 % con la cesárea. El útero se rompió y la hija sufrió una lesión cerebral grave. El juzgado y la Audiencia habían dado una cantidad fija por daño moral, 10.000 euros. El Supremo la cambió por el 20 % del daño total, que es la probabilidad que estimó de que la madre, bien informada, hubiera elegido la cesárea. Fueron 200.000 euros para la hija y 1.077,96 euros para la madre, más intereses.

Para fijar el porcentaje se tiene en cuenta la gravedad del riesgo que no se explicó, las alternativas que había, si la intervención era necesaria o voluntaria y la probabilidad de que usted la hubiera rechazado. En la medicina voluntaria, como la estética, esta pérdida suele pesar más, porque el paciente podía no operarse. Si casi cualquier paciente habría aceptado igualmente la intervención, el porcentaje será bajo. Cuando no hay un daño físico relevante, algunos tribunales han reconocido un daño moral por la sola falta de información, sobre todo en la medicina voluntaria o estética, aunque no puede darse por hecho.

Cómo reclamar

  • Pida la copia de su historia clínica, con las hojas de consentimiento. En Cataluña se conservan al menos quince años.
  • Encargue a un perito médico que valore si la información fue suficiente y si hubo además algún error.
  • Si le atendieron en la sanidad pública, presente una reclamación de responsabilidad patrimonial a la Administración dentro del año siguiente a la curación o la estabilización de las secuelas. En la privada, reclame por escrito al médico, a la clínica y a sus aseguradoras cuanto antes, a ser posible dentro del primer año. Antes de demandarlos, la ley exige desde 2025 intentar un acuerdo, por ejemplo con una propuesta de negociación por escrito.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.