Si la reforma se hizo sin contrato ni factura, ¿puedo reclamar?
Sí. Un contrato de obra acordado de palabra obliga igual que uno firmado. Que la empresa no le diera factura tampoco le quita el derecho a reclamar. Lo difícil será probar qué se encargó, qué precio se pactó y qué se hizo mal, pero sirve cualquier prueba, como mensajes, correos, presupuestos sin firmar, transferencias, fotos o testigos. Pagar en efectivo no le impide reclamar, pero si pagó así 1.000 euros o más, el pago estaba prohibido y la multa alcanza también a quien paga.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCómo probar la obra
Reúna todo lo que muestre qué se encargó, cuánto se pagó y cómo quedó la obra:
- Los mensajes del móvil y los correos sobre la obra, el precio o los defectos. No los borre y guarde una copia fuera del teléfono.
- Los presupuestos, aunque no estén firmados. También cualquier nota o croquis de la empresa.
- Las transferencias, los recibos y los extractos del banco.
- Las fotos del antes, del durante y del después.
- Los testigos, como un vecino, el administrador de la finca o quien estuvo presente.
- El informe de un técnico o los presupuestos de otra empresa que digan qué está mal y cuánto cuesta arreglarlo.
Averigüe también el nombre completo de la empresa o del profesional, su número de identificación fiscal y su dirección, que a veces aparecen en las transferencias o en los presupuestos. Sin esos datos es difícil demandar. Si además la empresa no tiene bienes ni seguro, cobrar puede ser difícil aunque gane.
La factura y el pago en efectivo
La empresa estaba obligada a darle factura. Que no lo hiciera no le impide reclamar. Pídasela ahora por escrito, porque la petición y la respuesta también le servirán de prueba.
El pago en efectivo necesita más cuidado. Cuando una de las partes es una empresa o un profesional, la ley prohíbe pagar en efectivo 1.000 euros o más por una misma operación, sumando todos los pagos en que se haya dividido. La multa es del 25 % de lo pagado en efectivo y responden de ella tanto quien paga como quien cobra. Queda libre de la multa quien denuncia el pago a la Agencia Tributaria en los tres meses siguientes al pago, con el importe y los datos de la otra parte, siempre que esta no lo haya denunciado antes. Si pagó así y piensa usar ese pago como prueba, asesórese antes.
Cómo reclamar
- Reclame a la empresa por escrito, por un medio que deje constancia, como un burofax. Describa los defectos, adjunte fotos, dele un plazo para repararlos y pídale los datos de su seguro.
- Antes de demandar, la ley exige intentar un acuerdo, por ejemplo con una propuesta de negociación por escrito o una mediación.
- Si reclama hasta 2.000 euros, puede demandar sin abogado ni procurador.
- Los plazos son los mismos que con un contrato escrito. En Cataluña, en principio diez años desde que conoce el defecto. Fuera de Cataluña, cinco.
- Si la obra necesitaba permiso del ayuntamiento y no se pidió, puede haber además un problema urbanístico.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.