Si las obras del vecino me causan grietas, ¿paga su seguro?

Sí, si se demuestra que las grietas las causaron las obras y la póliza cubre ese daño. Pueden responder el vecino que las encargó, la empresa que las hizo y, si faltaron medidas de protección, la dirección técnica. Puede reclamar directamente a sus aseguradoras de responsabilidad civil. Lo difícil es probar que las grietas no existían antes y que las causaron las obras, por eso conviene reunir pruebas desde el principio. El seguro decenal de esa obra, si lo hay, no le sirve, porque excluye los daños a los inmuebles vecinos.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Las pruebas

  • Si sabe que el vecino va a hacer obras, pida que se deje constancia del estado de su vivienda antes de que empiecen, con un acta notarial o el informe de un técnico y fotos de las fisuras que ya existan. Sin esa prueba, le dirán que las grietas ya estaban.
  • Cuando aparezcan las grietas, fotografíelas con fecha y anote cuándo empezaron los ruidos y las vibraciones.
  • Encargue a un arquitecto o a un aparejador un informe que relacione las grietas con las obras.

A quién reclamar

  • Al vecino que encargó las obras y a la empresa que las hizo, por escrito y en cuanto aparezcan los daños. Pídales los datos de sus seguros. El seguro de hogar del vecino no siempre cubre los daños de una reforma, así que no deje fuera el de la empresa.
  • Si hubo arquitecto o aparejador, también a ellos.
  • Si las obras afectan a elementos comunes o a la estructura del edificio, también a la comunidad.
  • Su propio seguro de hogar puede cubrir algunos de estos daños, según la póliza. Si le paga, reclamará después a los responsables.

En Cataluña, el Código civil prohíbe además las vibraciones y demás molestias ilegítimas que llegan del vecindario y obliga a indemnizar los daños que causan a una finca. Mientras duren las obras, puede exigir que los trabajos más molestos se hagan en el día y el momento menos perjudiciales.

Plazo

Tiene un año para reclamar, o tres si el hecho ocurrió en Cataluña. Si las grietas siguen abriéndose, los tribunales suelen contar el plazo desde que se estabilizan, pero lo prudente es reclamar por escrito en cuanto aparecen. Esa reclamación interrumpe el plazo.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.