¿Cuánto se paga de impuesto de sucesiones en Cataluña?

Depende sobre todo del parentesco y de lo que recibe cada uno. Un hijo de 21 años o más resta 100.000 euros, de modo que si hereda 100.000 euros en dinero no paga nada. El cónyuge o la pareja estable resta lo mismo y tiene además una bonificación del 99 %. Un hermano que hereda 100.000 euros paga unos 12.900 y un amigo, unos 18.000. Cada uno paga por lo suyo y todos tienen que presentarlo, aunque no les salga nada a pagar.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Cómo se calcula

Para cada persona que hereda:

  • Se valora lo que recibe el día de la muerte y se restan las deudas del fallecido y los gastos del entierro que le toquen.
  • Se resta la reducción por parentesco. Son 100.000 euros para el cónyuge, la pareja estable y los hijos de 21 años o más. Los menores de 21 restan 12.000 euros más por cada año que les falte, hasta 196.000. Los nietos de 21 años o más restan 50.000 y los padres, 30.000. Los hijos del cónyuge o de la pareja cuentan como hijos. Hermanos, sobrinos, tíos, cuñados y suegros restan 8.000. Los primos, los demás parientes y los extraños no restan nada.
  • Se restan otras reducciones si las hay, como el 95 % de la vivienda habitual del fallecido o de la empresa familiar.
  • Al resultado se aplica la escala del impuesto, que va del 7 % al 32 %.
  • Para hermanos, sobrinos, tíos, cuñados y suegros, lo que sale se multiplica por 1,5882. Para primos y extraños, por 2. A los hijos, al cónyuge y a los padres solo se les multiplica si ya tenían un patrimonio de más de 500.000 euros.
  • Del resultado se descuenta la bonificación. Es del 99 % para el cónyuge y la pareja estable. Para los hijos, los nietos y los padres es del 60 % si reciben hasta 100.000 euros y menor cuanto más reciben. Con 300.000 euros es del 55 % y con un millón, del 44 %. Los menores de 21 años tienen una bonificación mayor. Los demás no tienen. Se aplican las cifras de la ley vigente el día de la muerte.

Algunos ejemplos

Con herencias en dinero y un patrimonio previo normal:

  • Un hijo que hereda 200.000 euros paga unos 3.800. Con 300.000, unos 10.350.
  • El viudo que hereda 300.000 euros paga unos 230. Si tiene 75 años o más, nada.
  • Un hermano que hereda 200.000 euros paga unos 34.370, algo más del 17 %.
  • Si lo heredado incluye la vivienda habitual del fallecido, los hijos y el cónyuge pagan bastante menos, porque restan el 95 % de su valor.

Quién lo presenta y cuándo

Lo presentan todos los que reciben algo, en los seis meses siguientes a la muerte, ante la Agència Tributària de Catalunya. Se aplican estas reglas si el fallecido pasó en Cataluña más días que en ninguna otra comunidad en los últimos cinco años. Da igual dónde viva quien hereda, aunque si vive fuera de España lo presenta en la Agencia Tributaria del Estado.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.