¿Cómo demandar a una persona que vive en otro país?

Depende del país y de lo que se reclame. Por regla general hay que demandar en el país donde vive el deudor, aunque a veces se puede hacer en España, por ejemplo si el contrato debía cumplirse aquí o si se pactó por escrito que decidirían los tribunales españoles. Si vive en otro país de la Unión Europea, salvo Dinamarca, hay dos procedimientos comunes y sencillos, uno para reclamaciones de hasta 5.000 euros y otro para deudas de dinero que el deudor no discuta. Una sentencia española se puede ejecutar en otro país de la Unión sin un procedimiento previo para reconocerla. Fuera de la Unión, todo depende de la ley de cada país y de los convenios que tenga con España.

José Manuel Alburquerque

Alburquerque Abogados

Dónde hay que demandar

Dentro de la Unión Europea, lo decide un reglamento europeo que se aplica en todos los países. Sus reglas principales son estas:

  • La regla general es demandar en el país donde vive el demandado.
  • En los contratos, también se puede demandar en el país donde debía cumplirse la obligación. En una venta de mercancías es el país donde se entregaron o debían entregarse. En un servicio, el país donde se prestó o debía prestarse.
  • Si las partes pactaron por escrito qué tribunales decidirían, en general vale ese pacto.
  • Si el deudor es un consumidor, por regla general solo se le puede demandar en el país donde vive.

Si demanda en España, el juzgado tiene que hacer llegar la demanda al deudor en su país, por las vías de cooperación entre los Estados y, si hace falta, con una traducción. Eso alarga el procedimiento. En los juicios verbales y ordinarios españoles, la ley exige, en general, intentar un acuerdo antes de demandar.

Los procedimientos europeos

Si el deudor vive en otro país de la Unión, salvo Dinamarca, hay dos procedimientos pensados para estos casos. Se tramitan con formularios comunes, que se presentan en la lengua del tribunal, sin necesidad de abogado:

  • El proceso europeo de escasa cuantía, para reclamaciones de hasta 5.000 euros, sin contar intereses ni gastos. Es un procedimiento por escrito. El demandado tiene treinta días para responder y el tribunal, otros treinta para dictar sentencia o pedir más datos.
  • El requerimiento europeo de pago, para deudas de dinero que el deudor no discuta, sea cual sea su importe. El tribunal le requiere para que pague. Si no se opone en treinta días, el requerimiento se puede ejecutar en toda la Unión. Si se opone, el asunto pasa a un juicio normal en el país del tribunal.

Para estos dos procedimientos, la ley española no exige intentar antes un acuerdo. En España se presentan en el tribunal de instancia que corresponda. El monitorio español, en cambio, no sirve en general contra quien vive en otro país de la Unión. Con la sentencia o el requerimiento se pide el embargo en el país donde el deudor tenga sus bienes, presentando allí un certificado y, si hace falta, una traducción.

Si vive fuera de la Unión Europea

No hay procedimientos comunes. Qué tribunal puede decidir, cómo se notifica la demanda y si la sentencia española servirá en ese país dependen de la ley española, de la del otro país y de los convenios que haya entre los dos. Normalmente, para embargar allí sus bienes habrá que pedir antes que se reconozca la sentencia española.

Antes de demandar, compruebe si el deudor tiene bienes o ingresos en España. Si los tiene y los tribunales españoles pueden decidir, demandar y embargar aquí suele ser lo más sencillo. Si todo lo que tiene está fuera, conviene informarse antes de las reglas de ese país, porque el coste de reclamar allí puede no compensar lo que se debe.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.