¿Es obligatoria la mediación en España?

No. La mediación es voluntaria y nadie está obligado a seguir en ella ni a firmar un acuerdo. Desde el 3 de abril de 2025, la ley exige, en general, intentar un acuerdo antes de demandar, pero basta con negociar directamente con la otra parte o a través de los abogados, sin mediador. Solo hay que pasar por un mediador antes de ir al juzgado si se pactó por escrito, por ejemplo en una cláusula del contrato. En Cataluña, con el pleito ya empezado, el juez puede ordenar a las partes que asistan a una sesión informativa sobre la mediación, que entonces es obligatoria y gratuita.

José Manuel Alburquerque

Alburquerque Abogados

Lo que exige la ley antes de demandar

Lo que la ley exige desde 2025, en general, es que antes de demandar se intente un acuerdo. La mediación, en la que un tercero neutral ayuda a las partes a encontrar ellas mismas una solución, es solo una de las formas de hacerlo. También vale negociar directamente con la otra parte o a través de los abogados de cada uno, con la conformidad de sus clientes. Hay además otras vías, como la conciliación. Si se elige la mediación, para cumplir ese requisito basta con asistir a una primera sesión ante el mediador en la que quede constancia de cuál es el conflicto.

Si es usted quien recibe la invitación a mediar, no está obligado a aceptarla. Pero conviene que tenga en cuenta dos cosas:

  • Si no acude a la primera sesión y no lo justifica, se entiende que rechaza la mediación y quien la propuso ya puede demandarle.
  • Si después hay juicio, haberse negado sin motivo puede perjudicarle cuando el juez decida quién paga las costas, que son los gastos del pleito.

Cuándo hay que pasar por un mediador

Hay que intentar la mediación si usted se comprometió por escrito a hacerlo, por ejemplo en una cláusula del contrato. En ese caso tiene que intentarla de buena fe antes de ir al juzgado, aunque lo que se discuta sea si el propio contrato es válido. Aun así, puede dejarla cuando quiera y no está obligado a firmar ningún acuerdo.

Con el pleito ya empezado, el juez o el letrado de la Administración de Justicia, que dirige la oficina del juzgado, pueden proponer a las partes que lleven el conflicto a una mediación si ven posibilidades de acuerdo. Hace falta que las dos partes estén conformes. Si lo están, pueden pedir juntas que se suspenda el pleito mientras tanto.

La sesión informativa en Cataluña

La ley catalana de mediación se aplica a los conflictos de familia y a otros conflictos civiles, como los de una comunidad de propietarios, una asociación o la convivencia entre vecinos. Tampoco obliga a mediar antes de demandar, salvo que se haya pactado. Lo que sí permite es que, con el pleito ya empezado, el juez ordene a las partes que asistan a una sesión informativa sobre la mediación, que la ley llama sesión previa, si las circunstancias lo aconsejan. El Código Civil de Cataluña lo prevé expresamente en los pleitos de nulidad del matrimonio, separación o divorcio y en los desacuerdos de los padres sobre los hijos. Esa sesión funciona así:

  • Es obligatoria. Si una parte no asiste y no lo justifica, se comunica al juez.
  • Es gratuita para las partes.
  • Tiene que celebrarse cuanto antes y en el plazo de un mes como máximo, salvo que el juez disponga otra cosa. Si ese plazo se supera por causas ajenas a las partes, deja de ser obligatoria.
  • Sirve para explicar qué es la mediación y qué ventajas tiene. Después, cada parte decide libremente si quiere mediar.
  • No se hace, o se interrumpe, si hay violencia en la pareja o en la familia.

Si deciden mediar a través del Centre de Mediació de Catalunya, se pagan las tarifas que fija la Generalitat, salvo quien tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.