¿Dónde puedo ver mis notificaciones del juzgado?
Depende de cómo intervenga en el pleito. Si tiene procurador, el juzgado le notifica a él las resoluciones por vía electrónica y su abogado le hace llegar lo que le afecta, así que puede pedirles una copia. Si actúa sin procurador, el juzgado le envía las notificaciones a su domicilio, salvo que haya elegido recibirlas por internet. En Cataluña, quien es parte en un procedimiento puede consultar su expediente, los señalamientos y las resoluciones notificadas en la Seu judicial electrònica de la Generalitat, con certificado digital o con idCAT Mòbil. En los tribunales cuyos medios gestiona el Ministerio de Justicia, el portal equivalente es la Carpeta Justicia.
Alburquerque Abogados
Si tiene abogado y procurador
Cuando hay procurador, las notificaciones se hacen, en general, a él y no a usted. Las recibe por vía electrónica, a través de LexNET, el sistema del Ministerio de Justicia, que en Cataluña convive con la plataforma e-justícia.cat de la Generalitat. Su abogado le hará llegar lo que le afecte y le explicará qué plazo abre cada resolución. Si quiere ver alguna, pídales una copia.
Si actúa sin procurador
Si pleitea sin procurador, por ejemplo en una reclamación de hasta 2.000 euros, el juzgado le envía las notificaciones a su domicilio por correo certificado o se las entrega allí. Puede pedir que se las haga por internet. En ese caso las tendrá en la sede judicial electrónica y recibirá un aviso en el correo electrónico o en el móvil que indique. Si no las abre en tres días hábiles, se darán por recibidas. No pueden elegir las sociedades y demás personas jurídicas, ni los profesionales colegiados en los asuntos de su profesión, porque la ley les obliga a recibirlas por vía electrónica.
Dónde consultarlas por internet
En Cataluña, la Seu judicial electrònica de la Generalitat tiene un área privada a la que se entra con un certificado digital, como el del DNI electrónico, o con idCAT Mòbil. Quien es parte en un procedimiento puede consultar allí lo siguiente:
- El estado de su expediente.
- Los señalamientos, que son las fechas de los juicios y de otros actos ante el juez.
- Los escritos presentados que el juzgado ya ha tramitado.
- Las resoluciones que se le han notificado.
Sirve para los asuntos civiles, mercantiles y laborales, salvo los concursos de acreedores de personas físicas. En los tribunales cuyos medios gestiona el Ministerio de Justicia, como el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los de varias comunidades autónomas, el portal equivalente es la Carpeta Justicia, que también tiene aplicación para el móvil. Otras comunidades tienen el suyo propio. Los edictos, que se publican cuando no se encuentra a alguien, pueden consultarse gratis en el Tablón Edictal Judicial Único, en la web del BOE.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.