¿Qué pasa con el contrato de alquiler si los inquilinos se separan o se divorcian?
Depende de quién firmó el contrato y de a quién se atribuya el uso de la vivienda. Si solo firmó uno y el juez atribuye el uso al otro, este puede seguir en la vivienda y pasa a ser el inquilino si la atribución es permanente o dura más que lo que queda de contrato. Tiene que comunicárselo al propietario en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución, con una copia. Si firmaron los dos, los dos siguen siendo inquilinos frente al propietario mientras este no acepte que uno salga del contrato. Si el que firmó se va sin más, el cónyuge o la pareja que se queda puede seguir si lo comunica por escrito al propietario en el mes siguiente.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueSi solo uno firmó el contrato
En la nulidad del matrimonio, la separación judicial o el divorcio, el juez puede atribuir el uso de la vivienda familiar a uno de los cónyuges, en Cataluña según el Código Civil de Cataluña. Si lo atribuye a quien no firmó el contrato:
- Puede seguir viviendo en ella y el propietario no puede oponerse.
- Pasa a ser el titular del contrato si la atribución es permanente o por más tiempo del que le queda al contrato. Si es más corta, puede seguir en la vivienda, pero el contrato sigue a nombre del que lo firmó.
- Tiene que comunicar al propietario que sigue en la vivienda en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución, con una copia de ella o de la parte que trata del uso de la vivienda.
Conviene que el convenio regulador, el acuerdo de separación o de divorcio que aprueba el juez, o la sentencia dejen claro quién paga la renta desde entonces.
Si firmaron los dos
Los dos siguen siendo inquilinos frente al propietario mientras él no acepte por escrito que uno salga del contrato. Lo que acuerden entre ellos les obliga a ellos, pero no cambia por sí solo el contrato de alquiler. Si quieren que siga solo uno, lo prudente es pedírselo al propietario y dejarlo firmado. El propietario no está obligado a aceptarlo, porque tener a dos obligados le da más garantía.
Si el que firmó se va sin más
- Si el inquilino deja la vivienda sin decir nada, el cónyuge que vivía con él puede seguir en el contrato si se lo comunica por escrito al propietario en el mes siguiente. Si no lo hace, el contrato se extingue y tendrá que pagar la renta de ese mes.
- Si el inquilino avisa de que no renueva o de que se va antes de tiempo sin el consentimiento del cónyuge que vive con él, el contrato puede seguir a favor de este. El propietario puede pedirle que diga si quiere seguir. Si no contesta en quince días, el contrato se extingue.
- Estas dos reglas valen también para la pareja que convivía con el inquilino al menos los dos años anteriores, o menos si tienen hijos en común.
- La regla de la separación y el divorcio se refiere al matrimonio. Si una pareja de hecho se separa y el juez atribuye el uso de la vivienda a quien no firmó el contrato, consulte su caso.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.