¿Cuánto tiempo pasa desde la subasta hasta el desahucio?

No hay un plazo fijo, pero suelen ser varios meses. Tras cerrarse la subasta hay que aprobar la venta y el comprador tiene que pagar el resto del precio, en veinte días si la ejecución empezó a partir del 3 de abril de 2025 o, en general, en cuarenta si empezó antes. Después se dicta el decreto de adjudicación, con el que el nuevo dueño puede pedir que se le entregue la vivienda. Si el deudor sigue viviendo en ella, el juzgado fija una fecha para el lanzamiento, que es el desalojo, según su agenda. En una ejecución hipotecaria, la ley suspende hasta mayo de 2028 el lanzamiento de las familias especialmente vulnerables de su vivienda habitual.

José Manuel Alburquerque

Alburquerque Abogados

Los pasos

Desde que se cierra la subasta, los pasos son estos:

  • La aprobación de la venta, que se llama aprobación del remate. Si la mejor puja llega al 70 % del valor de subasta, se aprueba enseguida, como mucho al día siguiente del cierre. Si no llega, el deudor tiene diez días para presentar a alguien que la mejore. En las ejecuciones iniciadas antes del 3 de abril de 2025, después el acreedor tiene cinco días para pedir que se le adjudique a él o, si nadie pujó, veinte días para pedir la adjudicación. En las iniciadas desde esa fecha ya no puede hacerlo. La venta se aprueba o no según unos mínimos que fija la ley, que en estas últimas son más altos si es la vivienda habitual del deudor.
  • El pago. Quien gana la subasta tiene que ingresar la diferencia entre su depósito y el precio. Si no paga, pierde el depósito y la venta puede aprobarse a favor del siguiente postor que haya mantenido el suyo.
  • El decreto de adjudicación. Con el precio pagado, lo dicta el letrado de la Administración de Justicia. Su testimonio sirve para inscribir la compra en el Registro de la Propiedad. Además se ordena cancelar las cargas posteriores a la que se ejecutaba.
  • La entrega de la vivienda. El nuevo dueño pide que se le dé la posesión. Si la vivienda está ocupada por el deudor, el juzgado ordena el lanzamiento y le señala un día.

Hasta que se aprueba la venta, el deudor todavía puede liberar la vivienda pagando todo lo que debe.

Lo que puede alargarlo

El tiempo se alarga sobre todo por estas causas:

  • Los recursos contra la aprobación de la venta o contra otras decisiones del juzgado.
  • Los ocupantes con derecho a quedarse, como un inquilino con un contrato que deba respetarse. El juzgado no los desaloja y el comprador tendrá que respetar ese derecho o discutirlo en otro juicio.
  • La situación de la familia, si se trata de una ejecución hipotecaria, como se explica a continuación.

La suspensión en las ejecuciones hipotecarias

La ley de protección de los deudores hipotecarios suspende hasta mayo de 2028 el lanzamiento cuando en una ejecución hipotecaria se ha adjudicado la vivienda habitual de personas especialmente vulnerables, sea al acreedor o a cualquier otra persona. Hacen falta dos condiciones:

  • Estar en uno de los supuestos que fija la ley, como la familia numerosa, la familia monoparental con hijos a cargo, la familia con un menor o con alguien con discapacidad o dependencia, el deudor en paro, la víctima de violencia de género o el deudor mayor de 60 años.
  • Cumplir unas condiciones económicas. Entre ellas, que los ingresos de la familia no pasen en general de tres veces el IPREM, el indicador público de renta que sirve de referencia para las ayudas, que su situación económica haya empeorado mucho en los cuatro años anteriores, que la cuota de la hipoteca supere el 50 % de sus ingresos netos y que sea la única vivienda que tiene en propiedad.

Las circunstancias se acreditan con documentos ante el juzgado antes del lanzamiento. Si la vivienda se subasta por una deuda distinta de la hipoteca, esta suspensión no se aplica. En Barcelona es criterio acordado por los jueces de la sección civil del tribunal de instancia que el régimen de suspensión de los desahucios de personas vulnerables vigente desde el 8 de octubre de 2026 no se aplica a las ejecuciones hipotecarias, que tienen esta regla propia.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.