¿Es posible presentar un juicio monitorio sin abogado?
Sí. La petición inicial del proceso monitorio, el escrito con el que se pide al juzgado que reclame la deuda, no necesita abogado ni procurador, sea cual sea la cantidad. Puede presentarla usted mismo, con el formulario oficial y los documentos que prueban la deuda. Pero si la deuda pasa de 2.000 euros, más adelante hacen falta los dos, tanto para pedir el embargo si el deudor no paga como para el juicio si se opone. Por eso conviene saber desde el principio hasta dónde se puede llegar solo.
Alburquerque Abogados
Lo que puede hacer solo
La ley permite presentar la petición inicial del monitorio sin abogado ni procurador, también cuando se reclaman cantidades altas. Para que salga bien, conviene cuidar estos puntos:
- Use el formulario oficial, que se obtiene en papel en el juzgado o en la sede judicial electrónica, o un escrito propio con los mismos datos.
- Identifique bien al deudor y dé todos los domicilios que conozca. Si el juzgado no le localiza, da por terminado el monitorio.
- Explique de dónde sale la deuda y cuánto es. Reclame solo lo que prueban los documentos, porque si el juez cree que la cantidad no es correcta, propondrá otra menor.
- Aporte los documentos que prueban la deuda y la prueba de que antes invitó al deudor a negociar, como el burofax que le envió y su acuse de recibo. La ley exige, en general, intentar un acuerdo antes de demandar y en Barcelona es criterio acordado por los letrados de la Administración de Justicia que el intento se haga antes del monitorio.
Cuándo hacen falta abogado y procurador
Lo que pase después depende de lo que haga el deudor cuando el juzgado le requiera para que pague:
- Si paga, el juzgado archiva el asunto y no hace falta nadie más.
- Si no paga ni se opone, el juzgado da por terminado el monitorio y usted puede pedir la ejecución, que es el procedimiento para embargarle bienes. Si la deuda pasa de 2.000 euros, esa petición ya tiene que presentarla con abogado y procurador.
- Si se opone, el asunto pasa a un juicio. Si se reclaman más de 2.000 euros, en ese juicio hacen falta abogado y procurador, que el deudor también necesita para presentar su oposición. Por encima de 15.000 euros, en general hay que presentar en un mes la demanda de un juicio ordinario, que siempre exige los dos.
Si va sin abogado
Ir solo ahorra los honorarios, pero tiene sus riesgos. Una petición mal planteada puede terminar con el asunto archivado o con una reclamación menor de lo que se debe. Si el deudor se opone, la petición y los documentos que se aportaron son la base del juicio que sigue, así que conviene prepararlos como si fuera a haber pleito.
Además, lo que pague a un abogado o a un procurador cuando no son obligatorios, en principio no tendrá que pagárselo el deudor, aunque usted gane. En deudas importantes o que el deudor puede discutir, conviene que un abogado revise al menos la petición y los documentos antes de presentarlos.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.