¿Quién paga a mi abogado si gano el juicio?

Usted, porque el abogado trabaja por encargo suyo y le debe los honorarios que hayan pactado, gane o pierda, salvo que acordaran otra cosa. Si la sentencia condena en costas a la otra parte, esta tiene que reembolsarle lo que usted ha pagado a su abogado, a su procurador y a sus peritos, pero solo hasta la cantidad que se apruebe en la tasación de costas. Esa cantidad tiene un tope y muchas veces no cubre todo lo que usted ha pagado. Si la otra parte no paga, se le pueden embargar bienes, aunque si no tiene nada no habrá de dónde cobrar.

José Manuel Alburquerque

Alburquerque Abogados

Su abogado lo paga usted

La relación con su abogado es un contrato entre los dos. Sus honorarios son libres y se fijan al hacer el encargo. Desde diciembre de 2024, la ley le da derecho a que el abogado le explique antes lo que puede costarle el pleito, incluidas las costas que podría tener que pagar. También puede pedir que el encargo conste por escrito, con un presupuesto previo de los honorarios y de los gastos. Se puede pactar que una parte de los honorarios dependa del resultado.

La condena en costas no cambia lo pactado con su abogado. Las costas son de usted y no del abogado. Sirven para que recupere lo que ha pagado, salvo que hayan acordado que se las quede él como parte de sus honorarios. Si tiene un seguro con defensa jurídica, por ejemplo el del hogar, la aseguradora puede pagar a su abogado dentro de los límites de la póliza.

Cuánto puede recuperar

Solo recupera algo si la otra parte es condenada en costas, lo que en general ocurre cuando el juez le da la razón en todo y el caso no presentaba serias dudas de hecho o de derecho. Si gana solo en parte, lo normal es que cada uno pague lo suyo. Además, la ley exige, en general, intentar un acuerdo antes de demandar. Si usted se negó sin justa causa a participar en ese intento, puede quedarse sin costas aunque gane.

Aun con condena en costas, puede recuperar menos de lo que ha pagado por varias razones:

  • Lo que se cobra por el abogado y los peritos no puede pasar, en total, de un tercio de la cuantía del pleito, salvo que el juez declare la temeridad de quien pierde. En un pleito de 6.000 euros, por ejemplo, como mucho 2.000 euros.
  • Si el abogado y el procurador no eran obligatorios, como en los juicios verbales de hasta 2.000 euros, sus honorarios quedan en principio fuera de las costas.
  • Se excluyen las partidas que no estén detalladas y las de escritos inútiles. Si la otra parte considera excesivos los honorarios, puede impugnarlos y el juzgado puede rebajarlos.

La diferencia entre lo que ha pagado a su abogado y lo que recupera corre de su cuenta.

Cómo se cobran

Cuando la sentencia es firme, se pide la tasación de costas con las minutas detalladas de su abogado y de sus peritos y la cuenta de su procurador. El letrado de la Administración de Justicia, el funcionario que dirige la oficina del juzgado, hace la cuenta y la otra parte tiene diez días para impugnarla. Una vez aprobada, si no paga, se le reclama en el mismo juzgado y se le pueden embargar bienes, como sus cuentas o la parte de su sueldo que la ley permite.

Si el condenado no tiene ingresos ni bienes, no habrá de dónde cobrar mientras siga así, aunque la sentencia le condene. Mientras tanto, usted debe a su abogado lo pactado, cobre o no las costas.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.