¿Cómo echo al inquilino de mi plaza de garaje si no paga o no se va?

Por el juzgado, con una demanda de desahucio. Nunca por su cuenta, porque cambiar la cerradura o el mando, bloquear la plaza o retirar el vehículo puede ser un delito. Antes de demandar, la ley exige intentar una negociación. Si no paga, conviene además requerirle el pago por burofax al menos treinta días antes de la demanda, para que no pueda parar el desahucio pagando a última hora. Si lo que pasa es que el contrato se acaba, avísele por escrito antes del final de que no se renueva.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Antes de demandar

  • Si no paga, mándele un burofax que le requiera el pago de lo que debe y le advierta de que, si no paga, le demandará. Si entre ese burofax y la demanda pasan al menos treinta días sin que pague, ya no podrá parar el desahucio pagando a última hora.
  • En el mismo burofax, ofrézcale de verdad negociar, con propuestas concretas, como un calendario de pagos o una fecha para dejar la plaza. Si no contesta en los treinta días siguientes a recibirlo, ya puede demandar. La Audiencia de Barcelona no da por bueno un simple requerimiento de pago como intento de negociación.
  • Si el contrato se acaba, comuníquele por escrito antes del final que no se renueva y que tiene que dejar la plaza. Ofrézcale a la vez hablar de la fecha de salida, que puede servir como intento de negociación. Si sigue usándola quince días más sin ese aviso y sin que usted se oponga, el contrato se renueva.
  • Si después del final sigue pagando, no lo cobre como renta sin más. Dígale por escrito que lo recibe como compensación por la ocupación, para que no se entienda renovado.
  • Si alguien usa la plaza sin contrato y sin pagar, porque usted se lo permitió, retírele el permiso por escrito. Si no se va, la demanda es de desahucio por precario.

El desahucio

  • En la misma demanda puede reclamar las rentas que le debe y las que venzan durante el pleito. Hacen falta abogado y procurador, aunque la deuda sea pequeña.
  • El juzgado requiere al inquilino para que en diez días deje la plaza, pague o se oponga. Si no hace nada, el juicio termina y el lanzamiento, la entrega forzosa de la plaza, se hace en la fecha que ya se había fijado.
  • Si no le requirió el pago treinta días antes, el inquilino puede parar el desahucio pagando todo lo que debe dentro de esos diez días. Solo puede hacerlo una vez.
  • A una plaza alquilada sola no le alcanzan las protecciones previstas para la vivienda, como las suspensiones de los desahucios de personas vulnerables. Si la plaza va con un piso alquilado, en cambio, sigue al piso.
  • En Cataluña, las rentas impagadas se pueden reclamar durante tres años desde que vence cada una. Si el inquilino ya se ha ido y usted solo quiere cobrar, puede reclamar la deuda por un proceso monitorio. Para presentarlo no hacen falta abogado ni procurador, aunque sí pueden hacer falta si el inquilino se opone y la deuda pasa de 2.000 euros.

Lo que no debe hacer

Aunque le deba meses o el contrato haya acabado, no cambie la cerradura ni el mando, no bloquee la plaza con otro vehículo o con un candado y no retire el coche del inquilino. Puede ser un delito de coacciones o de realización arbitraria del propio derecho, que es tomarse la justicia por su mano. Tiene que esperar al lanzamiento.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.