¿Qué ley se aplica al alquiler de una plaza de garaje y cuánto dura?

Depende de si la plaza se alquila sola o con el piso. Si el mismo propietario la alquila junto con el piso, se aplican las normas del alquiler de vivienda, también en la duración. Si se alquila sola, normalmente se rige por lo pactado y por el Código civil, no por la Ley de Arrendamientos Urbanos, aunque algunos tribunales le aplican esa ley. Sea cual sea la ley, la plaza alquilada sola no tiene una duración mínima. Dura lo que se pacte y, si no se pactó nada, se entiende alquilada por meses cuando se paga cada mes.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Sola o con el piso

  • Con el piso. La Ley de Arrendamientos Urbanos dice que las normas del alquiler de vivienda se aplican también a las plazas de garaje, los trasteros y los demás espacios que el mismo propietario alquila como accesorios del piso. La plaza sigue entonces al piso en todo, empezando por la duración mínima de cinco años, o de siete si el propietario es una sociedad.
  • Sola. La opinión mayoritaria es que se rige por el Código civil, porque la Ley de Arrendamientos Urbanos se aplica a los alquileres de edificaciones y una plaza de aparcamiento no se considera una edificación. No es una opinión unánime. Algunos tribunales tratan la plaza como un alquiler para uso distinto del de vivienda, igual que un local.
  • Un garaje entero alquilado para explotarlo como aparcamiento público sí se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos, como un local de negocio. Una plaza en un solar o al aire libre se rige por el Código civil.

En la práctica la diferencia entre las dos leyes es pequeña, porque también con la Ley de Arrendamientos Urbanos manda primero lo pactado y esa ley tiene pocas reglas propias para estos alquileres. Si se aplicara esa ley, la fianza de dos mensualidades sería obligatoria y el inquilino tendría derecho a comprar la plaza antes que nadie si se vende, salvo que el contrato lo excluya. En Cataluña rige el mismo Código civil, porque el Código Civil de Cataluña no regula este alquiler.

Cuánto dura y cómo se acaba

La plaza alquilada sola dura lo que se pacte. Si no se pactó la duración, se entiende alquilada por el periodo por el que se paga, por meses si la renta es mensual o por años si es anual. Al acabar ese periodo, el contrato termina sin necesidad de aviso.

Pero si al acabar el inquilino sigue usando la plaza quince días sin que el propietario se oponga ni le haya avisado antes, el contrato se renueva por el periodo por el que se paga la renta, normalmente un mes. Es lo que se llama tácita reconducción. Para evitarla, quien quiera acabar el contrato debe comunicarlo por escrito y de forma que quede constancia antes de que termine el periodo en curso. La ley no fija una antelación mínima, pero lo prudente es avisar con la que diga el contrato o, si no dice nada, con un mes.

En Hacienda

Si se alquila sola, la plaza lleva el 21 % de IVA, que es el tipo general, aunque el propietario sea un particular. Si se alquila con el piso al mismo inquilino, no lleva IVA, igual que el piso. La plaza alquilada sola no tiene en la renta la reducción del alquiler de vivienda y obliga además al propietario a darse de alta en Hacienda y a presentar la declaración del IVA cada trimestre. Si el inquilino es una empresa o un autónomo, tiene que retener el 19 % de la renta como adelanto del impuesto del propietario, salvo que lo que le pague en todo el año no pase de 900 euros.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.