¿Hace falta contrato para alquilar una plaza de garaje? ¿Vale de palabra?

No hace falta un contrato escrito. El alquiler de una plaza de garaje vale aunque se haya acordado de palabra, porque la ley no exige ninguna forma especial. Pero conviene ponerlo por escrito, porque si surge un problema será difícil probar el precio, la duración o lo que se acordó sobre la fianza. Si no se pactó la duración y se paga cada mes, el contrato se entiende hecho de mes en mes.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Por qué conviene ponerlo por escrito

Un acuerdo de palabra obliga igual que uno escrito. El problema llega cuando el inquilino deja de pagar, no quiere irse o dice que se acordó otra cosa. Entonces cada parte tiene que probar lo que dice. Sin un documento, eso es difícil.

Si la plaza se alquila sola, lo normal es que el contrato se rija por el Código civil, que no obliga a ponerlo por escrito. Algunos tribunales le aplican, en cambio, la Ley de Arrendamientos Urbanos. Con esa ley, cualquiera de las dos partes puede exigir a la otra que lo ponga por escrito. Si la plaza va con el piso alquilado, sigue las reglas del piso y lo normal es incluirla en el mismo contrato.

Lo que conviene que diga

  • Quién alquila la plaza y a quién, con el número de la plaza y la dirección del garaje.
  • El precio, el día en que se paga y la forma de pago. Mejor por transferencia, para que quede constancia de cada pago.
  • La duración y el aviso que hay que dar para acabar el contrato.
  • Si se pide fianza, cuánto es y cuándo se devuelve. Con el Código civil la fianza no es obligatoria, pero se puede pactar. En Cataluña, si se cobra fianza, lo prudente es depositarla en el INCASÒL, porque la ley catalana obliga a depositar la de las fincas urbanas de cualquier uso y no excluye las plazas de garaje.
  • Si el precio incluye los gastos de la plaza, como la cuota de la comunidad, o si los paga aparte el inquilino.
  • La entrega del mando o de la llave y lo que se paga si se pierde.
  • El uso que se puede dar a la plaza, por ejemplo solo aparcar un coche o una moto, sin guardar otras cosas.
  • Si el inquilino puede subarrendarla o cederla a otra persona.
  • El compromiso de respetar las normas del garaje.

Si no hay nada escrito

Guarde todo lo que sirva para probar el acuerdo:

  • Las transferencias, mejor con un concepto que diga la plaza y el mes.
  • Los mensajes o correos en los que se habló del precio, de la duración o de la fianza.
  • Los recibos firmados.
  • El testimonio de quien conozca el acuerdo, como el administrador o un vecino.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.