¿Cómo reclama la comunidad las cuotas impagadas en el juzgado? ¿Desde qué cantidad y quién paga los costes?
Por el proceso monitorio, un procedimiento pensado para deudas de dinero que se puede empezar sin abogado ni procurador. Sirve para cualquier cantidad, sin mínimo ni máximo. Antes, la deuda tiene que constar en las cuentas aprobadas por la junta, el moroso tiene que haber recibido un requerimiento de pago y lo prudente es haberle invitado por escrito a negociar. Si no paga ni se opone, la comunidad puede pedir el embargo de sus bienes. Si se opone y la comunidad gana el juicio que sigue, en principio él paga las costas, que son sobre todo los honorarios del abogado y del procurador.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLo que hay que preparar
- Que la deuda conste en las cuentas aprobadas por la junta, porque el certificado tiene que decir que coincide con ellas. Lo habitual es que la junta apruebe además la liquidación de la deuda, que es la cuenta de lo que debe el moroso con sus cuotas y sus fechas. Conviene que el mismo acuerdo autorice al presidente o al administrador a reclamarla. Basta la mayoría simple, siempre que el asunto figure en el orden del día.
- Un requerimiento de pago por escrito al moroso, por un medio que deje constancia. La ley catalana exige que conste en el certificado de la deuda. En el mismo escrito conviene invitarle de verdad a negociar, porque desde abril de 2025 hay que intentar, en general, un acuerdo antes de demandar. Los tribunales no se ponen de acuerdo en si eso vale también para el monitorio.
- El certificado del impago, que firma el secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente. Tiene que indicar el importe de la deuda, que es exigible y que coincide con las cuentas aprobadas por la junta. Debe recoger además el requerimiento de pago hecho al moroso.
El monitorio, paso a paso
- La petición se presenta en el juzgado con el certificado. Para esa petición no hacen falta abogado ni procurador.
- El juzgado requiere al moroso para que en veinte días hábiles pague o se oponga. Se le notifica en el domicilio que haya dado para los asuntos de la comunidad o, si no ha dado ninguno, en el piso.
- Si paga, se acaba el asunto. Si no paga ni se opone, el juzgado da por terminado el monitorio y la comunidad puede pedir la ejecución, es decir, el embargo de sus cuentas, de su sueldo o de otros bienes, incluido el piso.
- Si se opone, el asunto pasa a un juicio en el que el juez decide quién tiene razón. Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, si se reclaman más de 2.000 euros, en ese juicio hacen falta abogado y procurador. Si se reclaman más de 15.000 euros, la comunidad tiene un mes desde que le comunican la oposición para presentar la demanda del juicio ordinario, el que corresponde a esas cantidades. Si no la presenta a tiempo, el juzgado archiva el asunto y condena a la comunidad a pagar las costas.
Quién paga los costes
- Con la deuda se reclaman los intereses desde que debía pagarse cada cuota. En la petición se suelen incluir también los gastos justificados del requerimiento, como el burofax.
- Si hay juicio y la comunidad gana, en principio el moroso paga las costas. Lo que se le puede cobrar por el abogado de la comunidad tiene un tope de un tercio de lo reclamado.
- Si el moroso paga o no se opone, la comunidad puede no recuperar lo que haya pagado a un abogado o a un procurador que no eran obligatorios. En el resto de España, la Ley de Propiedad Horizontal permite cargarle esos honorarios y todos los gastos de la reclamación, pero no está claro que los juzgados lo apliquen a las comunidades de Cataluña.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.