¿Qué diferencia hay entre los estatutos y el reglamento de régimen interior?
Los estatutos fijan las reglas de fondo de la comunidad, como lo que se puede hacer en los pisos y locales, el reparto de los gastos o el uso de los elementos comunes. El reglamento de régimen interior solo regula la convivencia y el uso de las zonas e instalaciones comunes, sin poder contradecir a los estatutos. Cambiar los estatutos exige cuatro quintas partes de los propietarios y de las cuotas de participación, el porcentaje que tiene cada piso en el edificio. Los cambios se inscriben en el Registro de la Propiedad. El reglamento se aprueba por mayoría simple y obliga siempre a los propietarios y a quienes usan los pisos, como los inquilinos.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLos estatutos
Normalmente figuran en el título de constitución, la escritura que divide el edificio en pisos y locales. Según el Código Civil de Cataluña, regulan el uso de los pisos, de los locales y de los elementos comunes, los derechos y las obligaciones de los propietarios, los gastos y la organización de la comunidad. Pueden, por ejemplo, limitar las actividades que se hacen en los pisos y locales o permitir dividir o unir pisos sin un nuevo acuerdo de la junta.
Para cambiarlos hacen falta cuatro quintas partes de los propietarios con derecho a voto, que sumen también cuatro quintas partes de las cuotas, salvo en las materias que exigen unanimidad. El cambio se eleva a escritura pública y se inscribe en el Registro de la Propiedad. Mientras no se inscribe, no perjudica a quien compra un piso sin conocerlo.
El reglamento de régimen interior
Contiene las normas de convivencia y buena vecindad y las de uso de los elementos e instalaciones comunes. Son ejemplos habituales:
- Los horarios y las normas de la piscina o de la sala comunitaria.
- El uso del ascensor en las mudanzas.
- Las normas del garaje, como la velocidad o el lavado de coches.
- Llevar los perros atados por las zonas comunes y recoger lo que ensucien.
Lo aprueba la junta por mayoría simple, es decir, con más votos y más cuotas a favor que en contra entre los propietarios que votan. Obliga siempre a los propietarios y a quienes usan los pisos, como los inquilinos. No puede contradecir a los estatutos. La ley no prevé inscribirlo en el Registro de la Propiedad.
Lo que el reglamento no puede hacer
Lo que limita el uso que cada propietario puede dar a su piso o local, como prohibir los pisos turísticos u otras actividades, tiene que ir en los estatutos, con cuatro quintas partes. Una norma aprobada por mayoría simple como “norma interna” que en realidad limita el uso de los pisos se puede impugnar en el juzgado, dentro de plazo.
En el resto de España, la Ley de Propiedad Horizontal exige en general unanimidad para cambiar los estatutos, mientras que las normas de régimen interior se aprueban por mayoría.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.