¿Hace falta permiso de la comunidad para abrir un piso turístico? ¿También en Cataluña?

En Cataluña, no. La ley catalana no exige que la comunidad lo autorice antes, aunque los estatutos pueden prohibir los pisos turísticos o ponerles condiciones. Si lo hacen, hay que respetarlos. En el resto de España, en cambio, desde el 3 de abril de 2025 hace falta la aprobación expresa y previa de la junta, por tres quintas partes de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas. En Cataluña hacen falta, eso sí, el título turístico y, en muchos municipios, una licencia urbanística.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Cataluña y el resto de España

  • En el resto de España rige la Ley de Propiedad Horizontal. Desde el 3 de abril de 2025, el propietario que quiera abrir un piso turístico tiene que obtener antes la aprobación expresa de la comunidad. Quien ya lo tenía en marcha antes de esa fecha conforme a la normativa turística puede seguir.
  • En Cataluña esa ley no se aplica, porque la propiedad horizontal la regula el Código Civil de Cataluña, que no exige ese permiso previo. Lo que permite es lo contrario, que la comunidad prohíba los pisos turísticos cambiando los estatutos, con cuatro quintas partes de los propietarios y de las cuotas.

Es un error frecuente aplicar en Cataluña las noticias sobre la ley estatal. Aquí no hay que pedir permiso a la comunidad, pero prohibirlos exige cuatro quintas partes y no tres.

Lo que digan los estatutos

En Cataluña, lo que importa es lo que digan los estatutos de su edificio:

  • Si no dicen nada, no necesita permiso de la comunidad.
  • Si prohíben los pisos turísticos, no puede abrirlo. La comunidad puede exigir que cese sin tener que probar que molesta.
  • Si los someten a una condición, como la autorización de la junta, tiene que cumplirla.

Antes de comprar o de abrir, pida una nota simple del Registro de la Propiedad, que muestra si los estatutos inscritos lo prohíben. Pida también las últimas actas al vendedor o al administrador, por si la junta ha aprobado una prohibición que todavía no se ha inscrito. Aunque no haya prohibición, si el piso causa molestias, la comunidad puede actuar contra él como frente a cualquier actividad molesta.

Lo que sí hace falta

  • El título turístico. Se tramita con una comunicación previa al Ayuntamiento y el piso queda inscrito en el Registro de Turismo de Cataluña.
  • Una licencia urbanística en los municipios a los que se aplica el Decreto-ley catalán 3/2023, entre ellos Barcelona.
  • En Barcelona, el Ayuntamiento anunció en junio de 2024 que no aprobará el planeamiento que permitiría dar esas licencias, así que hoy no se pueden abrir pisos turísticos nuevos.

Cómo se aprueba la prohibición en los estatutos y cuándo acaban las licencias de Barcelona se explican en las preguntas sobre si la comunidad puede prohibir un piso turístico y sobre el fin de las licencias de pisos turísticos en Barcelona.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.