¿Cuánto cuesta un informe pericial de defectos de construcción?

No hay un precio oficial, porque cada técnico fija libremente sus honorarios y los colegios profesionales no pueden publicar baremos. Como orientación muy general, puede ir de unos cientos de euros por un defecto concreto en un piso a varios miles por un edificio con muchos defectos. El precio depende sobre todo del tamaño de la vivienda o del edificio, del número de defectos, de las pruebas que haya que hacer y de si el perito tiene que ir después al juicio a defender su informe. Lo prudente es pedir dos o tres presupuestos cerrados y por escrito que digan qué incluyen. Si gana el pleito y condenan a la otra parte a pagar los gastos del juicio, puede recuperar lo que pagó al perito, en todo o en parte.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

De qué depende el precio

  • La superficie y el tipo de inmueble. No es lo mismo un piso que un edificio entero con sus elementos comunes.
  • El número de defectos y si tienen causas distintas.
  • Las pruebas que hagan falta, como catas, que son pequeñas aperturas en paredes o suelos, mediciones de humedad o termografías, que ayudan a localizar humedades y fallos de aislamiento.
  • Si incluye la valoración de lo que cuesta reparar cada defecto, que es lo que permite reclamar una cantidad concreta.
  • Si incluye ir al juicio a ratificar el informe, es decir, a explicarlo y contestar a las preguntas del juez y de los abogados. Suele presupuestarse aparte.

Qué debe tener el informe

Para que sirva en una reclamación, el informe tiene que identificar cada defecto, explicar su causa, decir a quién se debe y valorar lo que cuesta repararlo. Lo hace normalmente un arquitecto o un arquitecto técnico. Al pedir presupuesto, explique para qué lo necesita y pregunte si el precio incluye las visitas, las pruebas, la valoración, la ratificación en juicio y el IVA. Un informe que solo describe los daños puede quedarse corto si después hay que demandar.

Quién lo paga al final

  • Si gana el pleito y el juez condena a la otra parte en costas, que son los gastos del juicio, entre ellas entran los honorarios del perito.
  • Si pide al juez que nombre un perito, lo paga en principio usted, que puede tener que adelantar una cantidad a cuenta. Si lo pide la otra parte, lo adelanta ella.
  • Si tiene derecho a la asistencia jurídica gratuita, la pericia en el pleito puede ser gratuita.
  • Antes de demandar, las dos partes pueden encargar juntas la opinión de un experto independiente y repartirse su coste. Esa opinión no les obliga, pero es una de las formas de intentar el acuerdo que la ley exige antes de ir al juzgado.
  • Si reclama al seguro decenal y no hay acuerdo sobre el importe, cada parte nombra y paga su perito.
  • Si tiene un seguro con defensa jurídica, mire si cubre los gastos de peritos.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.