¿Cuánto se tarda en desahuciar al inquilino de un local?

La ley no fija una duración total y no hay datos oficiales sobre los desahucios de locales, pero lo normal es contar con varios meses, según el juzgado y según el inquilino se oponga o no. Antes de demandar suele pasar un mes, el que se da al inquilino para pagar y para contestar a la propuesta de negociación. Si después no paga ni se opone, el juicio acaba sin vista y el desalojo se hace en la fecha que el juzgado fijó al admitir la demanda. Si se opone o recurre, se alarga. Suele ir más rápido que el desahucio de una vivienda, porque en el local no hay suspensiones por vulnerabilidad, salvo que alguien viva de hecho en él.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Los pasos

  • El requerimiento de pago y la propuesta de negociación, que la ley exige antes de demandar. Pueden ir juntos en un burofax. Si el inquilino lo recibe al menos treinta días antes de la demanda y no paga, ya no podrá parar el desahucio pagando. Si no contesta a la propuesta en treinta días, se puede demandar.
  • La demanda. Una vez admitida, el juzgado requiere al inquilino para que en diez días pague, se vaya o se oponga. En ese requerimiento ya se fija el día del lanzamiento, el desalojo por la comisión judicial, para el caso de que no se oponga. También el de la vista, por si se opone.
  • Si no paga, no se va y no se opone, el juicio termina sin más y el lanzamiento se hace en la fecha fijada.
  • Si se opone, hay vista y sentencia. El lanzamiento se fija para una fecha dentro de los treinta días siguientes a la vista.
  • Para recurrir la sentencia, el inquilino tiene que acreditar que ha pagado o consignado en el juzgado las rentas vencidas.

Lo que lo alarga y lo que lo acorta

El proceso se alarga si no se puede notificar al inquilino y hay que hacerlo por edictos, si pide justicia gratuita, si se opone o recurre y según la carga de trabajo del juzgado. En cambio, en el local no se aplican los frenos de la vivienda habitual, como la suspensión de los desahucios de personas vulnerables.

Lo que más acorta es un acuerdo de salida con fecha, que puede salir de la propia negociación previa. En la demanda también se puede ofrecer al inquilino perdonarle parte de la deuda o las costas si se va en el plazo que se fije.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.