¿Puedo cortar las ramas del árbol de mi vecino?
Sí. En Cataluña puede cortar usted mismo, sin pedir permiso antes, las ramas y las raíces del árbol del vecino que entran en su finca. Lo que corte es suyo. Tiene que hacerlo como se hace habitualmente en jardinería, agricultura o explotación forestal, con una poda correcta que no dañe el árbol más de lo necesario. Solo puede cortar lo que pasa a su lado de la linde, sin entrar en la finca del vecino ni talar el árbol.
Alburquerque Abogados
Lo que permite el Código Civil de Cataluña
El Código Civil de Cataluña permite al propietario de una finca cortar las ramas y las raíces de un árbol o de un arbusto de la finca vecina que se hayan metido en la suya. No exige pedírselo antes al vecino ni esperar a que le causen un daño. Tampoco fija ningún plazo para hacerlo. Tiene, eso sí, estos límites:
- Solo puede cortar lo que ha entrado en su finca, es decir, lo que sobresale hacia su lado de la linde, la línea que separa las dos fincas.
- Tiene que cortar de la forma generalmente aceptada en jardinería, agricultura o explotación forestal. Si poda mal y el árbol se seca o se cae, puede tener que indemnizar al vecino.
- No puede entrar en la finca del vecino ni talar el árbol. Si lo que le preocupa es que el árbol se caiga, puede exigir al vecino que lo pode, lo sujete o lo tale.
Puede quedarse con lo que corte, como la leña. Los frutos que caen solos del árbol del vecino en su finca, si está vallada, también son suyos.
Con el Código civil, que rige en la mayor parte del resto de España, la regla de las ramas es distinta. Hay que pedir al vecino que las corte y, si no lo hace, reclamarlo ante el juez. Las raíces, en cambio, sí puede cortarlas uno mismo dentro de su finca.
Cómo conviene hacerlo
Aunque la ley no lo exija, conviene tomar estas precauciones:
- Hablar antes con el vecino o escribirle, explicándole qué va a cortar y cuándo. Evita discusiones y deja constancia de que le avisó.
- Hacer fotos del árbol antes y después de la poda.
- Encargar la poda a un jardinero o a una empresa especializada si el corte es grande o las ramas son gruesas.
- Preguntar antes en el Ayuntamiento si el árbol está protegido, por ejemplo porque figura en un catálogo municipal.
La ley no dice quién paga la poda, así que conviene hablarlo también con el vecino. Si las ramas o las raíces ya le han causado daños, como una tubería rota o una pared agrietada, puede reclamarle que se los pague.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.