¿Qué validez tiene un contrato firmado digitalmente?
La misma que un contrato firmado en papel, porque la ley da a los contratos electrónicos todos sus efectos y no exige una firma concreta para que un contrato valga. Lo que cambia según el tipo de firma electrónica es lo fácil que resulta probarla si la otra parte niega haber firmado. La firma cualificada, como la que se hace con el DNI electrónico, se presume auténtica y quien la niega tiene que demostrarlo. Con las firmas que no usan ningún servicio cualificado, como las de muchas plataformas de firma por correo o por SMS, si la otra parte la niega, tiene que probarla quien presenta el contrato.
Alburquerque Abogados
Las tres clases de firma
Un reglamento europeo, que se aplica igual en toda España, distingue tres clases de firma electrónica:
- La simple, que es cualquier dato electrónico que se usa para firmar, como escribir el nombre al final de un correo o pegar la imagen de una firma escaneada.
- La avanzada, que está vinculada solo al firmante, permite identificarlo, se crea con medios que él controla en exclusiva y deja ver si el documento se cambió después.
- La cualificada, que es una firma avanzada hecha con un certificado cualificado y con un dispositivo de creación de firma también cualificado, como el chip del DNI electrónico. Un certificado es cualificado cuando cumple los requisitos del reglamento y lo emite un prestador que figura en la lista oficial de prestadores cualificados.
A ninguna firma se le pueden negar efectos por ser electrónica ni por no ser cualificada. La cualificada tiene además el mismo efecto que una firma a mano. En Cataluña rigen las mismas reglas que en el resto de España, porque todas son europeas o estatales.
Si la otra parte niega haber firmado
La Ley de Enjuiciamiento Civil reparte la prueba según se haya usado o no un servicio cualificado, como los que hay detrás de la firma cualificada:
- Con una firma cualificada, se presume que el documento es auténtico e íntegro si quien prestó el servicio figuraba en la lista oficial de prestadores cualificados. Quien lo niega tiene que hacer la comprobación. Si le sale en contra, paga los gastos de esa comprobación y, si el juez considera temeraria su impugnación, puede imponerle además una multa de 300 a 1.200 euros.
- Con una firma simple o con una avanzada en la que no se usó ningún servicio cualificado, quien presenta el documento tiene que probar que es auténtico, normalmente con un informe pericial. Si no se aclara, el juez lo valora junto con las demás pruebas.
Por eso la diferencia entre unas firmas y otras no está en la validez del contrato, sino en lo fácil que es probarlo.
Lo que conviene guardar
Si firma por una plataforma, guarde el informe de evidencias o certificado de firma que suele dar al terminar, que es el documento que resume cómo se hizo la firma. Recoge los correos, la fecha y la hora, los códigos enviados por SMS y la dirección IP, que identifica la conexión desde la que se firmó. Es lo que permite probar una firma simple o avanzada si alguien la discute. Guarde también el archivo firmado, porque la firma electrónica está en él y no en una copia impresa.
La firma electrónica no sustituye a la escritura ante notario cuando la ley la exige, como para donar un piso o constituir una hipoteca.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.