¿Qué multa hay por alquilar un piso turístico sin licencia en Cataluña?
La ley catalana de turismo lo considera una infracción grave o muy grave, según el caso. Es grave ofrecer o anunciar el piso sin el título turístico cuando cumple los requisitos para tenerlo, con una multa de 3.001 a 60.000 euros. Es muy grave hacerlo cuando el piso no cumple esos requisitos, con una multa de 60.001 a 600.000 euros. Además de multar, la Administración puede ordenar que cese la actividad y que se retiren los anuncios. Responden el propietario, quien explota el piso sin ser su dueño y quien lo comercializa o gestiona.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueQué infracción es y qué multa tiene
El título turístico es la habilitación que se obtiene presentando una comunicación previa al Ayuntamiento, como se explica en la pregunta sobre cómo se pide la licencia de piso turístico. Si falta, la Ley 13/2002, de turismo de Cataluña, distingue según la situación del piso:
- Es grave ofrecerlo o anunciarlo sin el título turístico si cumple los requisitos para obtenerlo y simplemente no se ha tramitado. La multa va de 3.001 a 60.000 euros.
- Es muy grave ofrecerlo, anunciarlo o alquilarlo si no cumple los requisitos para obtener el título. La multa va de 60.001 a 600.000 euros.
- También son graves, entre otras, anunciar un piso turístico sin el número de inscripción o con un número incorrecto, ofrecerlo por habitaciones y no retirar los anuncios sin número cuando la Administración lo ordena.
La reincidencia agrava la multa. Si se comete otra infracción de la misma naturaleza en el plazo de un año desde otra ya sancionada sin posibilidad de recurso ante la propia Administración, la nueva puede castigarse como de la clase siguiente.
En Barcelona, según los criterios que ha publicado el Ayuntamiento, alquilar a turistas un piso sin título se trata en principio como muy grave. Solo se califica como grave si se cumplen a la vez varias condiciones, como anunciar un único piso que sea la vivienda habitual de quien lo alquila, no tener otro inmueble en la ciudad, no ser reincidente y dejar la actividad y retirar los anuncios en cuanto se le ordena.
Además de la multa
- El cese. La Administración puede ordenar que se deje la actividad y que se retiren los anuncios. Desde 2016, el Ayuntamiento de Barcelona ha dictado casi 11.600 órdenes de cese y ha impuesto más de 11.500 sanciones, según los datos que dio en agosto de 2025.
- El precinto. En Barcelona, el Ayuntamiento puede precintar los pisos turísticos ilegales. Si en ese momento hay huéspedes, los realoja sin coste para ellos y cobra después los gastos al propietario.
Quién responde
- El propietario, aunque el piso lo gestione otro. Responden también quien lo explota sin ser propietario y quien lo comercializa o gestiona. Si no se puede saber qué parte tuvo cada uno, responden todos por el total.
- El propietario que alquila su piso como vivienda y sabe que el inquilino lo realquila a turistas. Si no lo comunica a la Administración, comete una infracción grave.
- Las plataformas y demás canales que anuncian pisos sin número de inscripción o con un número incorrecto, o que comercializan pisos sin título.
En el resto de España, cada comunidad autónoma tiene su propia ley de turismo, con sus infracciones y sus multas.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.