¿Qué se necesita para que me den un abogado de oficio?
Hay que pedir la justicia gratuita y acreditar que los ingresos brutos de su familia no pasan de unos límites, que en 2026 son 14.400 euros al año para una persona sola, 18.000 para una familia de menos de cuatro miembros y 21.600 para una de cuatro o más o una familia numerosa. Se pide en el colegio de la abogacía del lugar donde se sigue o se seguirá el pleito, o en el tribunal de instancia que corresponde a su domicilio, que la envía al colegio. Si cumple los requisitos, se le nombran de forma provisional un abogado y, si hace falta, un procurador, mientras decide la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Algunas personas tienen derecho sean cuales sean sus ingresos, como las víctimas de violencia de género, de terrorismo o de trata en los procesos relacionados con ello.
Alburquerque Abogados
Los requisitos
La ley de asistencia jurídica gratuita, la misma en toda España, exige lo siguiente:
- Ser español, ciudadano de otro país de la Unión Europea o extranjero que se encuentre en España.
- Que sus ingresos y recursos brutos, sumados a los de su unidad familiar y contados por todos los conceptos y por año, no superen dos veces el IPREM si no forma parte de ninguna unidad familiar, dos veces y media si la unidad familiar tiene menos de cuatro miembros, o el triple si tiene cuatro o más o es familia numerosa.
- Que sus bienes no muestren que puede pagar el pleito. Cuentan, por ejemplo, los inmuebles que no sean la vivienda habitual y lo que rinden los ahorros y las inversiones.
- Que litigue por un derecho propio o por el de alguien a quien representa legalmente, como un hijo menor.
El IPREM es el indicador público de renta de efectos múltiples, la referencia de ingresos que usa el Estado para muchas ayudas. En 2026 es de 7.200 euros al año, de ahí las cifras de arriba. La unidad familiar es la de la declaración de la renta. Básicamente la forman el matrimonio o la pareja de hecho con sus hijos menores y, si no hay pareja, el padre o la madre con los hijos menores que viven con él o con ella. Si el pleito enfrenta a miembros de la misma familia, como un divorcio, solo cuentan los ingresos de quien lo pide. Si supera los límites sin pasar del quíntuplo del IPREM, 36.000 euros, la Comisión puede reconocer el derecho de forma excepcional, en todo o en parte, por circunstancias como las cargas familiares o la salud.
Cómo se pide en Cataluña
Los colegios de la abogacía tienen servicios de orientación jurídica gratuitos que informan y ayudan a presentar la solicitud. En Barcelona y L’Hospitalet la tramita el servicio del Colegio de la Abogacía de Barcelona en la Ciudad de la Justicia. Los pasos son estos:
- Se rellena el impreso oficial con los datos económicos y familiares, el asunto y la parte contraria. En él se autoriza a comprobar esos datos con las Administraciones.
- Se aporta la documentación que piden, como el DNI o el NIE, los justificantes de ingresos y, si la hay, la demanda o la citación recibida. Si falta algo, hay diez días hábiles para completarlo o la solicitud se archiva.
- Si cumple los requisitos, el colegio nombra abogado en quince días como máximo y, si es obligatorio, el colegio de procuradores nombra procurador.
- La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, que en Cataluña organiza la Generalitat, decide en treinta días. Si no resuelve en ese plazo, queda confirmado lo que decidió el colegio.
Conviene pedirla cuanto antes, porque la solicitud no detiene por sí sola el pleito. Si el pleito ya está en marcha y le corre un plazo, puede pedir al juzgado que lo suspenda hasta que se resuelva su solicitud o le nombren abogado, siempre que la haya presentado antes de que el plazo venza. Si se reconoce, no paga al abogado ni al procurador, ni los depósitos para recurrir ni los peritos que designe el juzgado. Si se deniega, el abogado y el procurador nombrados pueden cobrarle sus honorarios.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.