¿Qué son las pequeñas reparaciones que tiene que pagar el inquilino?

Son los arreglos de poco coste que exige el desgaste del uso diario de la vivienda, como cambiar una bombilla, arreglar un grifo que gotea o cambiar la cinta de la persiana. La ley no las define ni fija ningún importe, así que, si hay discusión, lo deciden los tribunales caso por caso. Se fijan sobre todo en si la avería viene del uso normal o de los años y en si se trata de un arreglo barato o de sustituir algo. Si la avería la causó el inquilino, la paga él aunque no sea pequeña. En los alquileres temporales firmados o renovados desde el 8 de octubre de 2026, también las pequeñas reparaciones son del propietario.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Cómo se distinguen

Los tribunales suelen tener en cuenta estas tres cosas:

  • Que la avería venga del uso diario y no de la antigüedad de la instalación, de un defecto de origen o de la estructura del edificio.
  • Que el arreglo cueste poco en relación con la renta. La Audiencia de Madrid, por ejemplo, no consideró pequeña la reparación de la bomba de una caldera que costaba alrededor del 60 % de una mensualidad de renta.
  • Que sea un arreglo o un mantenimiento rutinario y no la sustitución de un aparato o de una pieza importante.

Ejemplos habituales

Suelen considerarse pequeñas reparaciones:

  • Cambiar bombillas, enchufes, interruptores, manetas o el bombín de una cerradura.
  • Arreglar un grifo o una junta que gotea, un latiguillo o el mecanismo de la cisterna.
  • Cambiar la cinta de una persiana, los filtros o el sellado de silicona.
  • Desatascar un desagüe atascado por el uso.

En cambio, no son pequeñas reparaciones, sino cosa del propietario o, si afectan a elementos comunes, de la comunidad:

  • Cambiar la caldera o el termo porque se han quedado viejos.
  • Las averías de las tuberías empotradas o de la instalación eléctrica general.
  • Las humedades por filtraciones.
  • Lo que afecta a la cubierta, la fachada o la estructura del edificio.

Las cláusulas con una cifra

Algunos contratos dicen que las reparaciones de hasta una cantidad, por ejemplo 150 euros, son del inquilino. Son habituales, pero no está claro hasta qué punto valen. Lo que no puede una cláusula así es cargar al inquilino lo que la ley pone a cargo del propietario, como una avería que se deba a la antigüedad o a un defecto de la instalación, aunque cueste menos de esa cifra. Si hay discusión, la mejor prueba para las dos partes es la factura o el informe del técnico que explique la causa de la avería.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.