¿Quién paga las averías de un piso alquilado: el termo, la caldera, los electrodomésticos?
Depende de la causa de la avería. Si el termo, la caldera o un electrodoméstico alquilado con el piso se estropean por los años o por un defecto, la reparación o la sustitución es del propietario. Si la avería se debe a un mal uso o a un descuido del inquilino o de alguien de su casa, la paga el inquilino. También son del inquilino los arreglos pequeños que exige el desgaste del uso diario, salvo en los alquileres temporales firmados o renovados desde el 8 de octubre de 2026, en los que los paga el propietario.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLa causa decide
- Si el aparato o la instalación fallan por antigüedad, por agotamiento o por un defecto de origen, paga el propietario, que tiene que mantener la vivienda en condiciones de ser habitada sin subir por ello la renta. Eso incluye cambiar el termo o la caldera cuando ya no tienen arreglo.
- Si la avería se debe a un mal uso o a un descuido, la paga el inquilino, aunque sea cara. La ley presume que los deterioros de la vivienda alquilada son culpa del inquilino mientras no demuestre lo contrario, así que le conviene pedir al técnico que deje por escrito la causa de la avería.
- Los arreglos menores y rutinarios del uso diario, como las averías corrientes y baratas de una caldera o de una lavadora, suelen considerarse pequeñas reparaciones y son del inquilino.
Una cláusula que cargue al inquilino todas las reparaciones no vale en lo que pase de esas pequeñas reparaciones. Los tribunales deciden caso por caso y no siempre igual. Una sentencia de la Audiencia de Barcelona, por ejemplo, entendió que cambiar la caldera correspondía al propietario aunque el contrato cargara al inquilino la reparación y el mantenimiento de las instalaciones, porque eso no incluye sustituir las piezas principales de la instalación.
Los electrodomésticos
Si el piso se alquiló con electrodomésticos, siguen la misma regla. Conviene que consten en un inventario firmado al entrar, con su estado y, si se puede, su antigüedad. Si un aparato es del inquilino, sus averías son cosa suya. Si se quema por una subida de tensión de la red eléctrica, además del seguro de hogar puede responder la empresa distribuidora de la electricidad.
Qué hacer cuando se estropea
- Avisar al propietario cuanto antes y por escrito. Si el inquilino no avisa y el daño va a más, responde de lo que haya empeorado por su retraso.
- Si la reparación es urgente para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, el inquilino puede hacerla avisando antes al propietario y pedirle de inmediato lo que haya pagado.
- En los contratos firmados o renovados desde el 8 de octubre de 2026, el inquilino puede pedir la reparación por escrito con un presupuesto. Si el propietario no contesta en quince días naturales o se niega sin motivo, el inquilino puede hacerla y descontar su coste de las rentas siguientes. En el alquiler temporal, el plazo es de cinco días hábiles.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.