¿Cuáles son las consecuencias de no contestar una demanda?

El juzgado le declara en rebeldía, la situación de quien no se presenta en el pleito pese a haber sido llamado a él. El juicio sigue adelante sin usted. La rebeldía no equivale a aceptar la demanda, así que el demandante tiene que probar lo que reclama. Pero usted pierde la ocasión de defenderse y de aportar sus documentos y no le notificarán nada más hasta la sentencia. Si el demandante gana, lo normal es que le condenen también a pagar las costas.

José Manuel Alburquerque

Alburquerque Abogados

Qué es la rebeldía

La declara el letrado de la Administración de Justicia, que dirige la tramitación en el juzgado, cuando termina el plazo sin que el demandado se haya presentado. La ley dice expresamente que la rebeldía no se considera un allanamiento, que es aceptar lo que se pide, ni una admisión de los hechos de la demanda, salvo en los casos que la propia ley prevé. El demandante tiene que probar lo que alega y el juez puede rechazar la demanda si no lo consigue. Quien se presenta en el pleito dentro del plazo pero no contesta no queda en rebeldía, aunque pierde igualmente la ocasión de contestar.

La resolución que le declara en rebeldía se le notifica por correo en su domicilio, por vía electrónica si está obligado a relacionarse así con los juzgados o por edictos si no se sabe dónde vive. Después ya no recibirá más notificaciones hasta la que ponga fin al pleito. La sentencia se le notifica con una entrega en su domicilio y, si no se sabe dónde está, se publica un extracto en el Tablón Edictal Judicial Único, en la web del BOE.

Lo que se pierde

Aunque los hechos de la demanda no se den por admitidos, quedar en rebeldía tiene estas consecuencias:

  • Ya no podrá contestar ni aportar los documentos que debían acompañar a la contestación.
  • El juez no puede tener en cuenta por su cuenta defensas como la prescripción, que solo se aplican si el demandado las alega.
  • No le comunicarán las fechas de los actos del juicio, salvo que antes se presente en el pleito.
  • Si pierde, lo normal es que tenga que pagar también las costas, que incluyen los honorarios del abogado y del procurador del demandante, con algunos límites.

En algunos juicios, no contestar tiene efectos más directos. En el desahucio por falta de pago, si el inquilino no paga, no deja la vivienda ni se opone en los diez días que le dan, el juicio se da por terminado y el lanzamiento, que es el desalojo, se hace en la fecha ya fijada.

Si se entera tarde

Puede presentarse en el pleito en cualquier momento, pero el procedimiento sigue en el punto en que esté y no vuelve atrás. Si le notifican la sentencia en su domicilio, puede recurrirla dentro del plazo que fija la ley.

Solo en casos excepcionales puede pedirse que se deje sin efecto una sentencia firme dictada en rebeldía, por ejemplo si una fuerza mayor le impidió comparecer durante todo el pleito o si no llegó a saber de la demanda sin culpa suya. Hay que pedirlo en los veinte días siguientes a la notificación de la sentencia en su domicilio o, si no se le notificó así, en los cuatro meses siguientes a la publicación del edicto. Si la notificación de la demanda se hizo mal, puede pedirse también que se anule lo actuado. Por eso, si descubre que le han condenado sin saberlo, consulte enseguida con un abogado.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.