¿Puedo pintar el piso o colgar cuadros sin permiso del propietario?
Colgar cuadros o poner alguna estantería es un uso normal de la vivienda y, si el contrato no lo prohíbe, no necesita permiso. Pintar tampoco es una de las obras para las que la ley exige permiso, pero al irse tendrá que devolver el piso como lo recibió, salvo el desgaste normal por el paso del tiempo. Si lo ha pintado de otro color, el propietario puede exigirle que lo deje como estaba o descontar de la fianza lo que cueste hacerlo. Si el contrato prohíbe pintar o hacer agujeros sin permiso, esa cláusula vale y tendrá que respetarla.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueCuadros y agujeros
Hacer unos pocos agujeros para colgar cuadros, un espejo o una estantería forma parte del uso normal de una vivienda y no es una obra que cambie su configuración. Al salir, algunos propietarios descuentan de la fianza el arreglo de esos agujeros. Si son pocos y normales, es discutible que sean un desperfecto y no un desgaste ordinario. Para evitar la discusión, lo más sencillo es taparlos y repasarlos antes de entregar las llaves, o pactar por escrito qué se hará con ellos.
Pintar
Pintar no cambia la configuración de la vivienda. Pero al terminar el contrato tiene que devolverla tal como la recibió, salvo lo que se haya estropeado por el tiempo. Si ha elegido otro color, el propietario puede pedirle que la vuelva a pintar como estaba o descontar de la fianza lo que cueste hacerlo. Si la ha pintado del mismo color y bien, no debería haber problema. Lo prudente es pedir permiso por escrito y dejar dicho si al final habrá que volver al color original.
Lo que diga el contrato y la entrega de las llaves
Si el contrato prohíbe pintar o hacer agujeros sin permiso y no lo respeta, tendrá que dejar la vivienda como estaba y, en su caso, pagar los daños. Al entregar las llaves, conviene firmar con el propietario un documento con el estado de la vivienda, con fotos fechadas. En los contratos firmados o renovados desde el 8 de octubre de 2026, ese documento es obligatorio. Si no se firma o no anota ningún desperfecto, se presume que la vivienda se devolvió en buen estado, salvo que se demuestre lo contrario.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.