¿Se puede comprar un piso ocupado? ¿Qué riesgos tiene?
Sí. La compra es válida y, como nuevo dueño, usted podrá reclamar la posesión del piso, pero el vendedor no se lo entregará libre. Por eso el contrato tiene que decir expresamente que se vende ocupado y quién asume el desalojo, algo que suele reflejarse en el precio. Los principales riesgos son no poder ver el piso por dentro, que el banco no lo financie y que el desalojo tarde meses o más de un año y cueste dinero. Antes de comprar, averigüe quién vive en el piso y por qué, porque de eso dependen la vía para recuperarlo y el tiempo que llevará.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueQuién vive en el piso
No es lo mismo:
- Un inquilino con contrato. El piso no está ocupado sino alquilado y usted tendrá que respetar el contrato, que es otra cuestión.
- Alguien a quien el dueño dejó vivir sin pagar, como un familiar. Es lo que la ley llama un precario y el piso se recupera con un desahucio por precario.
- Alguien que entró sin permiso. Es una ocupación, con vías propias y más rápidas.
- Un inquilino que dejó de pagar y no se va, el llamado “inquiokupa”. No es un okupa. Si el contrato sigue vigente, usted ocupará el lugar del vendedor y tendrá que pedir el desahucio por falta de pago.
Pida al vendedor que acredite quién ocupa el piso, desde cuándo y si ya hay una denuncia o una demanda. Cómo se recupera el piso en cada caso es otra cuestión.
Los riesgos para usted
- No podrá ver el piso por dentro ni comprobar su estado, que puede tener daños.
- Los bancos casi nunca financian la compra de un piso ocupado.
- El desalojo lleva tiempo y cuesta dinero, porque necesitará abogado y procurador. Si el ocupante alega un título, como un contrato aunque sea falso, el asunto puede convertirse en un juicio largo. Si es vulnerable, el juez puede además suspender el desalojo unos meses.
- Las deudas con la comunidad y del IBI, el impuesto municipal sobre el inmueble, que haya dejado el vendedor siguen al piso.
- Si compra a través de una sociedad, no podrá usar la vía civil rápida contra la ocupación, que solo pueden usar las personas físicas, las entidades sin ánimo de lucro y las entidades públicas de vivienda social. Además, si usted es una sociedad o un gran tenedor, un propietario con muchas viviendas, las reglas son más exigentes. Consúltelo antes de comprar.
Cómo protegerse
Antes de firmar, conviene:
- Que el contrato diga que el piso se vende ocupado, quién lo ocupa y quién asume el desalojo y su coste. Si no lo dice, usted podría reclamar al vendedor por no entregarle la posesión.
- Que el precio tenga en cuenta el coste y el tiempo del desalojo.
- Que, si el vendedor ya ha denunciado o demandado, el contrato prevea que usted continuará el procedimiento. En un pleito civil puede pedir al juzgado ocupar el lugar del vendedor.
Una vez sea suyo, no intente echar al ocupante por su cuenta ni con empresas que se ofrecen a hacerlo con intimidaciones, porque puede ser delito.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.