¿Cómo es el juicio de división de la cosa común y cuánto tarda?

Es el juicio en el que un copropietario pide al juez que ponga fin a la copropiedad porque no hay acuerdo con los demás. Antes de demandar hay que intentar ese acuerdo y, si no se consigue, la demanda se tramita por el juicio verbal, el más sencillo, aunque el bien valga mucho. El juez decide, con ayuda de los peritos, si el bien se puede dividir. Si no se puede, como pasa casi siempre con un piso, se adjudica al copropietario que lo quiera, que paga a los demás su parte, o se vende y se reparte el precio. No hay datos oficiales de cuánto dura, porque depende del juzgado y de lo que se discuta.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

La demanda

  • Desde el 3 de abril de 2025, antes de demandar hay que intentar un acuerdo, por ejemplo con una propuesta por escrito o una mediación. Si no se ha intentado, el juzgado no admite la demanda.
  • La demanda se presenta en el juzgado del lugar donde está el inmueble, con abogado y procurador. Se tramita siempre por el juicio verbal, sea cual sea el valor del bien.
  • Con ella se aporta un informe pericial que diga cuánto vale el bien y si se puede dividir. Los demás copropietarios pueden aportar el suyo.

Lo que decide el juez

La sentencia declara terminada la copropiedad y dice si el bien se puede dividir o no. Para decidirlo, los tribunales miran tres cosas:

  • Si se puede partir materialmente.
  • Si las partes que resultarían servirían para su uso.
  • Si al dividirlo se perdería mucho valor.

El juez no está obligado a aceptar la forma de dividir que proponga ninguna de las partes. En el asunto que explica la publicación, el dueño de la mitad de un edificio quería dividirlo en pisos sin repartirlos, de modo que todos seguirían siendo dueños de todo. El juzgado lo declaró indivisible, porque no había pisos suficientes para dar a cada uno lo suyo según su parte, había que hacer obras importantes y los pisos resultantes valdrían menos. Tampoco cambió las cosas la licencia municipal para dividirlo que ese copropietario aportó antes de la vista, porque resolvía un problema urbanístico y no el reparto entre los dueños. Si el bien es indivisible, la ley marca lo que se hace después, en la ejecución de la sentencia:

  • Se adjudica al copropietario que lo quiera, que paga a los demás el valor de su parte que fijen los peritos. Si lo quieren varios, se lo queda el que tenga la parte mayor y, con partes iguales, se sortea.
  • Si nadie lo quiere, se vende y se reparte el precio. Normalmente se vende en una subasta judicial, salvo que los dueños acuerden otra forma de venta.

Cuánto tarda

No hay estadísticas oficiales de la duración de este juicio en concreto. Depende de la carga de trabajo del juzgado y de si se discute que el bien se pueda dividir, porque entonces el pleito gira en torno a los peritos. Como referencia, en el asunto que explica la publicación la demanda se presentó en 2024 y la vista se celebró en julio de 2025, con sentencia ese mismo mes. Después de la sentencia viene la ejecución. Si hay que vender en subasta, pueden pasar varios meses más. Un acuerdo durante el pleito, por ejemplo para vender juntos, lo acorta y suele dar un precio mejor que la subasta. En el resto de España el juicio es el mismo, pero si nadie se queda el bien por acuerdo, se vende.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.