Tengo un piso a medias con mi expareja o con un socio y no quiere vender: ¿qué puedo hacer? ¿Puedo vender solo mi parte?

Nadie está obligado a seguir siendo dueño a medias. Si no llegan a un acuerdo, usted puede pedir al juez que divida el piso en cualquier momento, salvo que pactaran no hacerlo durante un plazo, que no puede pasar de diez años. Como un piso no se puede partir, se adjudica al que quiera quedárselo, que paga al otro el valor de su parte, o se vende y se reparte el dinero si ninguno lo quiere. También puede vender solo su mitad, pero el otro dueño tiene preferencia para comprarla por el mismo precio. Si sigue siendo su cónyuge o su pareja estable y el piso es todavía la vivienda familiar, necesita además su consentimiento.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Pedir la división

El Código Civil de Cataluña permite a cualquier copropietario exigir la división en cualquier momento y sin dar explicaciones. Antes de demandar, la ley exige intentar un acuerdo, por ejemplo con una propuesta por escrito o una mediación. Muchas veces el acuerdo es que uno compre la parte del otro o que vendan juntos el piso. Si no lo hay, el juez aplica estas reglas:

  • Si uno de los dos quiere quedarse el piso, se le adjudica y paga al otro el valor de su parte, que fija un perito.
  • Si lo quieren los dos, se lo queda el que tenga la parte mayor. Con partes iguales, se sortea.
  • Si ninguno lo quiere, se vende y se reparte el precio.

La regla que permite a quien tiene el 80 % o más exigir que se le adjudique todo, pagando a los demás, no sirve en un piso a medias. En el resto de España, si los dueños no acuerdan que uno se quede el piso, se vende.

Si lo que tienen a medias es una casa o un edificio que se podría dividir en pisos, desconfíe de las propuestas de dividirlo en propiedad horizontal sin más. Solo ponen fin a la comunidad si cada uno recibe pisos enteros en proporción a su parte. Si todos siguen siendo dueños de todos los pisos, el problema no se resuelve, se multiplica.

Vender solo su parte

Puede vender su mitad sin permiso del otro dueño, con una excepción. Si el otro dueño es todavía su cónyuge o su pareja estable y el piso sigue siendo la vivienda familiar, necesita su consentimiento o, si no lo da, una autorización del juez, como explica otra respuesta. Además, la ley da al otro dueño preferencia para comprarla:

  • Antes de venderla a otra persona, tiene que comunicarle de forma fehaciente, por ejemplo por burofax, su decisión, el precio y las condiciones. Desde ese aviso, el otro dueño tiene un mes para quedársela por el mismo precio.
  • Si no se lo comunica, o vende por otro precio o en otras condiciones, el otro dueño puede quedarse la mitad vendida pagando lo mismo que el comprador. Tiene tres meses desde que se entera de la venta y de sus condiciones o desde que se inscribe en el Registro de la Propiedad.
  • Se puede renunciar a esa preferencia o excluirla al comprar el piso, pero si se hace por adelantado tiene que constar en escritura pública.

En la práctica es difícil encontrar a alguien que compre la mitad de un piso. Quien la compra suele pagar bastante menos que la mitad de su valor, porque entra en la copropiedad con el otro dueño. A cambio, puede pedir la división como cualquier copropietario. En el resto de España, el otro dueño solo tiene nueve días para quedarse la parte vendida, desde que la venta se inscribe en el Registro o, si no se inscribe, desde que la conoce.

Si el otro dueño es su expareja

  • Si un juez ha dado el uso de la vivienda familiar a su expareja, por ejemplo porque vive en ella con los hijos, puede pedir igualmente la división. Pero quien se quede el piso o lo compre tendrá que respetar ese uso mientras dure.
  • Si están casados y se divorcian, puede pedir la división del piso en el mismo procedimiento de divorcio.
  • El código catalán permite repartir en una sola operación todos los bienes que tienen a medias, también si eran pareja estable.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.