¿Es obligatorio inscribir la compra en el Registro de la Propiedad? ¿Qué riesgo tiene no hacerlo?
No es obligatorio, porque usted se hace propietario cuando compra y recibe el piso, normalmente al firmar la escritura, no cuando inscribe. Pero mientras no inscriba, el vendedor sigue figurando en el Registro como dueño y usted no está protegido frente a terceros. Si el vendedor vende o hipoteca el piso a otro que lo inscribe de buena fe, o si sus acreedores lo embargan, puede perderlo o tener que pleitear para defenderlo. Inscribir cuesta poco en comparación con ese riesgo. Lo normal es que la notaría envíe la escritura al Registro el mismo día de la firma.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueLo que le da la inscripción
La Ley Hipotecaria protege a quien tiene su compra inscrita:
- Se presume que el piso es suyo y que usted tiene su posesión, así que no tendrá que probarlo.
- Lo que otros no hayan inscrito, en principio, no le afecta. Si el vendedor había vendido antes el piso a otro que no inscribió su compra, ese otro no puede oponérsele.
- Si compró de buena fe a quien figuraba como dueño en el Registro e inscribe su compra, la ley le mantiene como propietario aunque después se anule el derecho del vendedor por una causa que no constaba en el Registro.
Esa misma protección juega en su contra mientras no inscriba, porque favorece a quien inscriba antes que usted.
Los riesgos de no inscribir
- Que el vendedor venda el piso otra vez. Si el segundo comprador lo inscribe antes y de buena fe, se queda con él y usted solo podrá reclamar al vendedor.
- Que el vendedor lo hipoteque o que sus acreedores lo embarguen. Si usted compró antes, puede oponerse al embargo en el juzgado. Pero si el piso llega a subastarse y quien lo compra inscribe de buena fe, ese comprador queda protegido.
- Los problemas prácticos. No podrá pedir una hipoteca sobre el piso ni venderlo con facilidad. Años después, puede tener que buscar al vendedor o a sus herederos para regularizarlo.
Cómo se inscribe
Antes de la firma, el notario consulta el Registro y, el mismo día, le envía la escritura por internet. Esa presentación le da preferencia frente a lo que llegue después. La inscripción se completa cuando se justifica que se han presentado los impuestos de la compra y la plusvalía municipal, porque el Registro no inscribe sin ese requisito. Conviene no retrasar esos trámites. Si compra con hipoteca, normalmente se encarga de todo la gestoría que propone el banco. Si no, puede hacerlo usted o encargarlo a una gestoría. Inscribir una compra de 300.000 euros cuesta unos 250 euros de arancel, con IVA.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.