¿Qué obras puede hacer el inquilino en el local sin pedir permiso?
Las que no cambian la configuración del local ni afectan a su estabilidad o su seguridad, como pintar, decorar o poner muebles, estanterías e instalaciones que se pueden desmontar. También las pequeñas reparaciones del uso diario y, avisando antes al propietario, las urgentes. Para tirar o levantar tabiques, abrir huecos, cambiar la distribución o tocar la fachada o la estructura necesita el permiso del propietario por escrito. Las obras que disminuyan la estabilidad o la seguridad del local no puede hacerlas en ningún caso. Todo esto puede cambiarlo el contrato, que a menudo autoriza de antemano las obras necesarias para adaptar el local a la actividad.
Alburquerque Abogados
José Manuel AlburquerqueSi hace obras sin el permiso necesario
El propietario que no las autorizó puede:
- Resolver el contrato, es decir, darlo por terminado y pedir el desahucio.
- Exigir, al acabar el contrato, que el inquilino deje el local como estaba o quedarse con la obra sin pagar nada por ella.
- Si la obra ha afectado a la estabilidad o la seguridad, exigir que lo reponga enseguida.
Los tribunales entienden por configuración la estructura o la distribución básica del local. Los cambios menores no la alteran.
Lo que diga el contrato
Muchos contratos de local autorizan de antemano las obras necesarias para adaptarlo a la actividad, a veces con un proyecto técnico previo. La Audiencia Provincial de Barcelona, en su sentencia 583/2023, de 13 de octubre, rechazó resolver el contrato de un bar heladería de Sitges por unas obras hechas sin permiso, un segundo aseo y el traslado del baño. El contrato autorizaba las obras de adaptación y además las había exigido el ayuntamiento. No haber presentado el proyecto técnico no bastaba para resolver.
Otros permisos y el final del contrato
- Las obras necesitan además la licencia o la comunicación de obras del ayuntamiento, que tramita el inquilino.
- En Cataluña, si el local está en un edificio en régimen de propiedad horizontal, las obras no pueden perjudicar la seguridad, la estructura, la configuración o el aspecto exterior del edificio. Hay que comunicarlas antes al presidente o al administrador de la comunidad. Las que afectan a elementos comunes, como la fachada, los rótulos exteriores o la salida de humos, necesitan el acuerdo de la junta.
- Al acabar el contrato, si no se pactó otra cosa, el inquilino no cobra las mejoras que haya hecho, pero puede llevárselas si se pueden quitar sin dañar el local. Conviene pactar desde el principio qué se queda y qué se retira.
Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.