Si compro un piso con licencia turística, ¿la licencia pasa a mi nombre? ¿Hasta cuándo me sirve?

No pasa sola, pero en principio usted puede seguir con ella si comunica al Ayuntamiento el cambio de titular y el piso sigue cumpliendo los requisitos. La normativa no regula ese cambio de forma detallada, así que conviene confirmarlo con el Ayuntamiento antes de comprar. En los 262 municipios del Decreto-ley catalán 3/2023, entre ellos Barcelona, los pisos que ya funcionaban en noviembre de 2023 tienen hasta noviembre de 2028 para conseguir una licencia urbanística o cerrar, salvo prórroga. En principio, la compra no alarga ese plazo ni lo hace empezar de nuevo. Fuera de esos municipios, la normativa de turismo no pone fecha de caducidad al título turístico.

Alburquerque Abogados

José Manuel Alburquerque

Cómo se pone a su nombre

El Decreto-ley 3/2023 no dice nada de la venta. Lo que sí dice el reglamento catalán de turismo es que el titular es uno de los datos inscritos en el Registro de Turismo de Cataluña y que los ayuntamientos comunican al Registro cualquier cambio en esos datos.

La habilitación se refiere a una vivienda concreta y no se puede trasladar a otra. En principio, la venta no la extingue, pero tampoco la pasa a usted de forma automática. Tiene que comunicar al Ayuntamiento el cambio de titular para que lo traslade al Registro. Además, el piso tiene que seguir cumpliendo los requisitos. Si el piso tiene ya la licencia urbanística del decreto-ley, no es seguro que pueda seguir con ella. Estas licencias se dan en número limitado y la regla general es que las de ese tipo no se transmiten. Pregunte también por ella al Ayuntamiento antes de comprar. En el resto de España, el cambio de titular depende de la ley de turismo de cada comunidad autónoma.

Hasta cuándo le sirve

Depende de dónde esté el piso:

  • En los 262 municipios del Decreto-ley 3/2023, entre ellos Barcelona, los pisos que ya funcionaban cuando entró en vigor, el 9 de noviembre de 2023, tienen hasta noviembre de 2028 para conseguir la licencia urbanística o dejar la actividad. Cabe una sola prórroga de hasta cinco años más, que no es automática.
  • Si el piso tiene ya esa licencia urbanística y usted puede conservarla, dura cinco años y se puede prorrogar por periodos iguales si los planes urbanísticos del municipio lo permiten.
  • Fuera de esos municipios, el título turístico sirve mientras el piso cumpla los requisitos, aunque el Ayuntamiento puede limitar los pisos turísticos con sus planes urbanísticos. Si el municipio entra después en la lista del decreto-ley, los que ya funcionen tendrán cinco años desde la orden que lo incluya.

En Barcelona no se darán esas licencias si el Ayuntamiento mantiene su criterio, como se explica en la pregunta sobre el fin de las licencias en Barcelona.

Tenga en cuenta lo que paga. Si el piso vale más por tener licencia, ese valor depende de una actividad que en esos municipios puede acabar en noviembre de 2028. El decreto-ley no prevé más indemnización que el propio plazo de adaptación. Según el Tribunal Constitucional, que lo avaló en su sentencia 64/2025, de 13 de marzo, no hay un derecho adquirido a explotar un piso turístico para siempre. Como la prórroga no es automática, no conviene contar con ella al decidir el precio.

Antes de comprar

  • Pregunte al Ayuntamiento cómo tramita el cambio de titular y qué documentos pide.
  • Compruebe que la habilitación está vigente, a nombre del vendedor y sin expedientes, como se explica en la pregunta sobre cómo comprobar si un piso tiene licencia turística legal.
  • Deje escrito en el contrato que el vendedor responde de todo ello y que colaborará en el cambio de titular. Prevea también qué pasa si el cambio no se consigue, por ejemplo una rebaja del precio o la posibilidad de no seguir adelante.
  • Comunique el cambio en cuanto firme la escritura, para que el titular que consta en el Registro de Turismo sea usted.
  • Mire los estatutos de la comunidad. La habilitación turística no le protege frente a ellos. Si la prohibición de los pisos turísticos estaba inscrita en el Registro de la Propiedad cuando usted compra, le vincula aunque el vendedor tuviera licencia, como se explica en la pregunta sobre si la prohibición afecta a los que ya funcionaban.

Esta respuesta tiene una finalidad didáctica y ofrece una primera orientación sobre la cuestión planteada. Cada asunto presenta circunstancias y matices propios que requieren una valoración individual. Por ello, antes de tomar decisiones con consecuencias relevantes, conviene consultar con un profesional y no basarse únicamente en esta información. El asesoramiento personalizado permite aplicar estas explicaciones al caso concreto y valorar las opciones disponibles con mayor seguridad.